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¿Cuáles son las diferencias entre trabajo en casa, teletrabajo y trabajo remoto?

La pandemia cambió las dinámicas laborales de muchos colombianos, incluso luego de superar las medidas más restrictivas en el país.

  • En las tres modalidades de trabajo los empleados deben avisar a las ARL su dirección de residencia por precaución. FOTO: ANDRÉS CAMILO SUÁREZ
    En las tres modalidades de trabajo los empleados deben avisar a las ARL su dirección de residencia por precaución. FOTO: ANDRÉS CAMILO SUÁREZ
15 de junio de 2022
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Aunque muchas empresas han adoptado nuevas dinámicas sobre el lugar de desempeño de sus colaboradores, aún persiste desinformación y confusión sobre los alcances que tienen el trabajo en casa, el teletrabajo y el trabajo remoto, así como sus diferencias, beneficios y obligaciones descritas por el código colombiano.

Aquí va, a grandes rasgos, una explicación:

Trabajo en casa: modalidad que está descrita bajo un tiempo determinado gracias a una coyuntura especial que no permita el desarrollo de las actividades en el lugar de trabajo físico. Esta dinámica tiene una duración de 3 meses, a menos de que sea renovada por el empleador. Es importante resaltar que el empleado no tiene poder de decisión sobre el retorno a las oficinas y debe hacerlo cuando sea notificado.

La jornada laboral debe ser la misma a la descrita en el contrato y en caso de que la persona gane menos de dos SMLV, el auxilio de transporte pasará a ser auxilio de conectividad.

Teletrabajo: este formato debe estar firmado virtual o físicamente de forma voluntaria por ambas partes y tiene la duración definida por el empleador: puede ser de forma indefinida o por un tiempo determinado. En esta modalidad es imprescindible el uso de las tecnologías de la información para el desarrollo de las funciones.

En cuanto al retorno a las oficinas, los empleados contratados bajo esta modalidad no tienen derecho a solicitar el ingreso a la presencialidad, a excepción de los que ya trabajaban de forma presencial y volcaron al teletrabajo. Sin embargo, el empleador tiene potestad para citarlos en casos específicos como capacitaciones.

Al igual que el trabajo en casa, el auxilio de transporte podrá convertirse en el de conectividad dependiendo de sus ingresos.

Trabajo remoto: modalidad definida por un acuerdo firmado digitalmente exclusivo para personas que residan en Colombia. Este formato, al igual que el teletrabajo, puede ser de tiempo indefinido y los empleados no tienen el derecho a exigir el ingreso a la presencialidad.

A diferencia de las modalidades anteriores, el trabajador no cuenta con un auxilio de transporte. Sin embargo, en la última legislación el Gobierno designó una ayuda de electricidad e Internet para todos los trabajadores remotos sin importar sus ingresos. El monto de auxilio debe ser mayor o igual al de transporte.

Los colaboradores enmarcados bajo esta modalidad solo podrán ser citados a casos específicos de manera presencial, como servicios informáticos que requieran ajustes en los equipos de trabajo o actividades de bienestar.

A diferencia de otras modalidades, los empleados que tengan responsabilidades de cuidado de familiares de primer grado menores de 14 años o con alguna discapacidad, tienen el derecho a establecer de la mano del empleador un horario compatible a sus actividades de cuidado.

De manera transversal, las tres modalidades cuentan con el derecho de desconexión, la Ley 2191 del 2022 permite que el empleado evite el contacto con algún aparato tecnológico fuera de su horario laboral, con solo algunas excepciones.

Así mismo, en los tres formatos deben avisar a las ARL su dirección de residencia por precaución en caso de algún accidente laboral o enfermedad relacionada.

De acuerdo con los últimos datos del MinTIC, en el sector público, el 53% de los empleados trabaja desde casa, 41% teletrabaja y 6% hace trabajo remoto dentro de una percepción satisfactoria.

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