Pico y Placa Medellín

viernes

0 y 6 

0 y 6

Pico y Placa Medellín

jueves

1 y 7 

1 y 7

Pico y Placa Medellín

miercoles

5 y 9 

5 y 9

Pico y Placa Medellín

martes

2 y 8  

2 y 8

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

3 y 4  

3 y 4

¿Se puede reversar una decisión de la Corte Constitucional?

La sentencia que volvió a permitir el consumo de licor y drogas en parques abrió un debate sobre la irreversibilidad de los fallos constitucionales.

  • La Corte Constitucional fue creada por la Carta Política de 1991 como el tribunal de cierre de Colombia. FOTO: COLPRENSA
    La Corte Constitucional fue creada por la Carta Política de 1991 como el tribunal de cierre de Colombia. FOTO: COLPRENSA
10 de junio de 2019
bookmark

Aunque todavía no se conoce el texto completo de la decisión de la Corte Constitucional –que tumbó los artículos del Código de Policía que prohibían el consumo de alcohol y drogas en espacios públicos–, desde algunos sectores políticos se escuchan llamados a reversar la decisión constitucional.

En particular, Centro Democrático anunció ayer una manifestación contra la sentencia y aclaró que las escasas movilizaciones de este fin de semana, en la llamada “Marcha contra las cortes”, no fueron convocadas por el partido.

El representante a la Cámara, Edward Rodríguez, dijo a EL COLOMBIANO que su intención con esta otra manifestación, cuya fecha no está definida, es “llamar a la ciudadanía a que se pronuncien contra la decisión que vulnera los derechos de los niños, niñas y adolescentes”.

De acuerdo con el congresista, “la Corte tiene sus propios mecanismos para revertir este tipo de decisiones. Evaluamos presentar en los próximos días un recurso para que se revise la sentencia”.

Sin embargo, ¿es realista este escenario? Las posiciones de los expertos y los antecedentes de la propia Corte Constitucional muestran que, ante cada sentencia polémica de las últimas décadas, han sido comunes estos llamados a reconsiderarlas con más trasfondo político que posibilidades jurídicas.

Una instancia casi definitiva

Bernardita Pérez, profesora de derecho constitucional de la Universidad de Antioquia, explica que “la Corte Constitucional tiene la función de verificar que las leyes adoptadas por la mayoría respeten los derechos del resto de los ciudadanos. En ese sentido, sus decisiones son definitivas”.

Sin embargo, desde su creación con la Constitución de 1991 ha sido constante la tensión entre la Corte y actores políticos e incluso religiosos. En 1994, cuando se permitió el consumo de la dosis mínima de droga, el entonces presidente, César Gaviria, consideró emprender una reforma constitucional para cambiar el sentido del fallo.

Años después, con la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres casos en 2006, se abrió un debate similar. Inicialmente, incluso, la Iglesia amenazó con excomulgar a los magistrados que votaron favorablemente la ponencia.

Luego, en 2009, el entonces Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, solicitó a la Corte anular otra de sus sentencias que ordenaba pedagogía en los colegios sobre derechos sexuales de las mujeres. “En todos los casos las decisiones de la Corte han prevalecido”, aclara Pérez.

En ocasiones excepcionales, ha sido la propia instancia constitucional la que ha modificado sus posturas, como explica Kenneth Burbano, director del Observatorio Constitucional de la U. Libre.

Esto se presentó el año pasado, cuando la Corte anuló una de sus sentencias, que ordenaba al Congreso regular las corridas de toros evitando el maltrato animal. El motivo fue que las actividades como el toreo ya habían sido definidas por la misma Corte en una decisión de 2010, por lo que el nuevo fallo no era viable.

Estas enmiendas también se presentaron frente al tema de las consultas mineras. El año pasado la sala constitucional aclaró que, si bien en varias de sus sentencias privilegió el derecho de las comunidades a participar en la decisión sobre si practica minería en su territorio, estas actividades de extracción no pueden ser frenadas únicamente por los mecanismos de participación.

Ambos fallos, para los expertos, tienen poco en común con la reciente sentencia sobre licor y drogas en espacios públicos. En este caso, a la sociedad le queda la posibilidad y el reto de discutir cómo regular estos consumos, pero no la opción de regresar a la prohibición absoluta

Infográfico
¿Hay vuelta atrás a las decisiones de la Corte?
El empleo que buscas
está a un clic

Nuestros portales

Club intelecto

Club intelecto
Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida

Regístrate al newsletter

PROCESANDO TU SOLICITUD