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El exdirector de la Dijín de la Policía Nacional, general en retiro Óscar Eduardo Peláez Carmona, no deberá pagar la millonaria indenmización de 1.500 millones de pesos a la que había sido condenado por el Consejo de Estado por la detención injusta de la libertad de tres personas que fueron señaladas de participar en el homicidio del excandidato presidencial Luis Carlos Galán Sarmiento.
Esto ya que la Sección Cuarta del mismo Consejo de Estado revocó el aparte de la sentencia en que se ordenaba ese pago, junto con el también general en retiro Miguel Alfredo Maza Márquez, por la detención ilegal de Alberto Alfredo Júbiz Hazbún, Héctor Manuel Cepeda Quintero y Norberto Hernández Romero.
Con ponencia del magistrado Jorge Octavio Ramírez Ramirez, la Sala estimó que el fallo vulneró el derecho fundamental al debido proceso del oficial por incurrir en defectos sustantivos y fácticos.
“Se amparará el derecho fundamental al debido proceso de Óscar Eduardo Peláez Carmona, se dejará sin efectos el numeral quinto de la sentencia del 29 de enero de 2014, únicamente respecto del señor Óscar Eduardo Peláez Carmona, que fue el que interpuso la acción de tutela”, dice el fallo.
“En consecuencia, se ordenará a la Subsección A de la Sección Tercera de esta corporación que, dentro del término de 15 días, contados desde la notificación de esta providencia profiera una sentencia complementaria en los términos de esta providencia, especialmente lo relacionado con la valoración de las pruebas aportadas al expediente”, agrega la sentencia.
Por la detención injusta de la libertad de estas personas, la Fiscalía General de la Nación tuvo que pedir excusas públicas en días pasados.