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Los hombres no podrán ser despedidos mientras sus parejas estén embarazadas

  • El Código de Trabajo en Colombia prohibe despedir a las mujeres embarazadas o en lactancia. La Corte Constitucional estableció que esta medida se extiende también a los hombres. FOTO Colprensa
    El Código de Trabajo en Colombia prohibe despedir a las mujeres embarazadas o en lactancia. La Corte Constitucional estableció que esta medida se extiende también a los hombres. FOTO Colprensa
18 de enero de 2017
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La Sala Plena de la Corte Constitucional condicionó la norma del Código Laboral sobre el fuero de maternidad, al aclarar que los hombres también tendrán la posibilidad de aprovechar de este beneficio.

En ese sentido, los hombres no podrán ser despedidos mientras sus parejas estén embarazadas o en licencia de maternidad, siempre y cuando demuestren que su compañera sentimental depende económicamente de ellos.

El demandante pedía que se condicionaran los artículos 239 y 240 del Código Sustantivo del Trabajo. Y este miércoles, el alto tribunal falló con cinco votos a favor y cuatro en contra.

A comienzos de enero fueron sancionadas por el presidente Juan Manuel Santos dos leyes que benefician a las madres gestantes y a la niñez. Se trata de la norma que amplía de 14 a 18 semanas el período de lactancia para las madres, y la que ordena a todas entidades oficiales del país a crear Salas Amigas de la Familia Lactante para que estas personas puedan alimentar a sus bebés.

(Lea aquí: ¿Va a tener un bebé? estos son sus derechos, según la Ley María)

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