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La JEP negó el ingreso al “Zar del oro” por no demostrar verdadero interés en las víctimas

La jurisdicción de paz señaló que darle ingreso a Jairo Hugo Escobar sería poner en riesgo a las víctimas.

  • La JEP no aceptó al “Zar del oro” porque no demostró intenciones de reparación. Foto: Archivo El Colombiano.
    La JEP no aceptó al “Zar del oro” porque no demostró intenciones de reparación. Foto: Archivo El Colombiano.
14 de febrero de 2024
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Jairo Hugo Escobar Cataño, conocido como el “Zar del oro”, no fue aceptado por la Sala de definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que, después de estudiar su caso, consideró que las conductas por las que fue condenado no estaban estrechamente relacionadas con el conflicto armado.

Más información: “El Zar del Oro” será sentenciado por una masacre

Lo anterior, según recordó la JEP, a pesar de que fue condenado a 660 meses de cárcel por la justicia ordinaria por los delitos de homicidio y concierto para delinquir, después de que fuera uno de los muchos financiadores que tuvieron grupos armados ilegales entre 2008 y 2012. Así como en estos momentos, es investigado por respaldar acciones que llevaron al desplazamiento forzado en el nordeste antioqueño, con el fin de desarrollar proyectos de minería ilegal en la zona.

Además, según dijo la sala plena, Escobar no solo no cumplía con los requisitos necesarios para aceptarlo, sino que de haberle permitido su ingreso, este hubiera terminado por vulnerar los derechos de las víctimas porque tampoco se ajustaba a los objetivos del Sistema Integral de Paz.

Por ejemplo, en la solicitud que presentó para que estudiaran su caso, el “Zar del oro” aseguraba que los aportes financieros que hizo a los “Rastrojos” habían tenido relación con el conflicto armado interno. Sin embargo, su presunto aporte terminó cayéndose por su propio peso, después de que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, encontrara que eso no fue así.

También puede leer: Policía reporta captura del “Zar del oro” en el Bajo Cauca

En un análisis y rastreo riguroso de información, concluyó que “el conflicto armado no fue el origen ni influyó en la determinación, capacidad, modo u objetivos que llevaron a Escobar Cataño a la comisión de los delitos por los cuales fue procesado y condenado en la justicia ordinaria”, apuntó la JEP sobre su decisión, en un comunicado de prensa.

Lo que sí consiguieron probar, pero no sería suficiente para vincularlo, es que Escobar financió a estos grupos armados ilegales con el fin de obtener “beneficios económicos personales a partir del homicidio y desplazamiento de personas”, dijo la jurisdicción de paz.

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