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Justicia mantiene en firme el pago de $1.3 billones a Portugal por contrato de pasaportes

Un magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca consideró que suspender el giro podría afectar la expedición de pasaportes y recordó que, si el convenio llega a ser anulado, el Estado podrá reclamar la devolución de los recursos.

  • La decisión permite que continúe el diseño previsto en el convenio con la Casa de la Moneda portuguesa, mientras siguen los procesos judiciales sobre el nuevo modelo de expedición de pasaportes. FOTO: COLPRENSA.
    La decisión permite que continúe el diseño previsto en el convenio con la Casa de la Moneda portuguesa, mientras siguen los procesos judiciales sobre el nuevo modelo de expedición de pasaportes. FOTO: COLPRENSA.
  • La resolución del Tribunal.
    La resolución del Tribunal.
hace 5 horas
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la solicitud de la Procuraduría General de la Nación para suspender el desembolso de 1,3 billones de pesos que acordó el Estado colombiano con la Casa de la Moneda de Portugal para la implementación del nuevo modelo de fabricación de pasaportes.

La decisión fue adoptada por el magistrado José Élver Muñoz, quien concluyó que frenar el pago podría poner en riesgo la continuidad del servicio de expedición de pasaportes y afectar los derechos adquiridos por la entidad portuguesa, al considerar que estos fueron obtenidos de buena fe.

En el auto, el magistrado explicó que la Procuraduría no logró demostrar la existencia de un perjuicio irremediable que justificara la medida cautelar. Además, señaló que, en caso de que el convenio sea declarado nulo más adelante, el Estado cuenta con mecanismos legales para recuperar los recursos, sin necesidad de suspender de manera provisional el giro.

La solicitud de suspensión había sido presentada por el Ministerio Público en noviembre de 2025 y permaneció varios meses sin resolverse debido a distintos recursos e incidentes procesales.

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Durante ese tiempo, la Casa de la Moneda de Portugal también intentó que se anulara el proceso judicial, petición que fue negada por el Tribunal el pasado 30 de junio. Posteriormente, la entidad europea se opuso a la medida cautelar promovida por la Procuraduría.

La resolución del Tribunal.
La resolución del Tribunal.

Es importante recordar que la decisión se conoce en medio de otros litigios relacionados con el acuerdo entre Colombia y Portugal para la producción de pasaportes.

Días antes, el mismo Tribunal Administrativo de Cundinamarca sancionó a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y a su director de Defensa Jurídica Nacional, Mariano Ezequiel Barros, por intentar apartar del caso al magistrado Moisés Rodrigo Mazabel mediante una recusación que la corporación calificó como infundada.

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Según el Tribunal, los argumentos presentados carecían de respaldo jurídico y probatorio y constituyeron un uso indebido de ese mecanismo procesal. Por esa razón, impuso una sanción equivalente a siete salarios mínimos, superior a los 12 millones de pesos.

La corporación también ordenó remitir copias a la Procuraduría ya la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá para que evalúen si existen posibles responsabilidades disciplinarias por la actuación de los funcionarios involucrados.

No es el primer proceso jurídico que esquiva el nuevo modelo de pasaportes. El 12 de mayo de este año, el Consejo de Estado dejó sin efectos las providencias mediante las cuales el Tribunal Administrativo de Cundinamarca había admitido una acción popular contra el nuevo modelo de expedición de pasaportes en Colombia.

El alto tribunal detectó que durante el trámite inicial del proceso se configuró un “defecto procesal absoluto” que comprometió las garantías del debido proceso.

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La decisión se produjo luego de estudiar una acción de tutela presentada por el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, entidad que alegó que las actuaciones adelantadas por el Tribunal “vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia”.

En su análisis, la Sala del Consejo de Estado concluyó que “la admisión de la acción popular presentada por el ciudadano Nicolás Dupont no cumplió con varios requisitos esenciales establecidos por la ley”.

Uno de los principales cuestionamientos tuvo que ver con el incumplimiento del requisito de procedibilidad previsto en la Ley 1437 de 2011, es decir, que el demandante, antes de acudir a una acción popular debió haber acreditado que presentó una solicitud previa ante la Cancillería para que esto pudiera pronunciarse o adoptar medidas frente a los hechos denunciados.

De acuerdo con el fallo, el abogado Nicolás Dupont no demostró haber agotado ese trámite, pese a que constituye una exigencia indispensable para este tipo de procesos judiciales.

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Bloque de preguntas y respuestas:

¿Por qué el Tribunal negó suspender el pago a Portugal por el nuevo modelo de pasaportes?
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca concluyó que la Procuraduría no demostró un perjuicio irremediable. Además, pareció que suspender el desembolso podría afectar la continuidad de la expedición de pasaportes y los derechos adquiridos por la Casa de la Moneda de Portugal.
¿El nuevo modelo de pasaportes en Colombia sigue vigente tras esta decisión?
Si. La decisión únicamente negó la suspensión provisional del pago acordado con Portugal. El convenio continúa su ejecución mientras avanzan los procesos judiciales que cuestionan su legalidad.
¿Cuánto dinero debe pagar Colombia por el contrato de pasaportes con Portugal?
El convenio contempla un desembolso de $1,3 billones a la Casa de la Moneda de Portugal para implementar el nuevo modelo de producción de pasaportes.

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