La Corte Constitucional le ordenó a la Policía Nacional y al Ministerio de la Defensa que en 30 días traslade la estación de policía que está ubicada en la vereda Campo Alegre, del corregimiento de El Mango, del municipio de Argelia, Cauca, “a un lugar que no ponga en riesgo la vida e integridad de los habitantes del sector”.
De acuerdo con la Corte, la estación “no podrá estar ubicada en la proximidad de las viviendas de la zona” y ambas entidades deberán diseñar nuevas estrategias de defensa de la población para evitar la desprotección de los habitantes.
La historia se remonta al 23 de junio de 2015 cuando los pobladores de El Mango se opusieron a la instalación de una estación de policía en el lugar, por lo cual, el día 26 los policías se trasladaron hacia la vereda Campo Alegre ocupando 15 viviendas “sin mediar ningún permiso”. Al día siguiente, hubo un ataque con cilindros bomba y granadas que hirió a varias personas que se vieron obligadas a desplazarse de manera forzada a El Mango.
Una de las personas afectadas interpuso una tutela alegando que la Policía ocupó las viviendas de la comunidad y que ha hurtado alimentos, entre otros, por lo que pidieron la devolución de sus casas.
Con ponencia de Luis Ernesto Vargas Silva, la Corte indicó que en este caso extiende su decisión tanto para los policías ubicados en la vereda Campo Alegre y para El Mango, puesto que la vulneración de derechos se está presentando por la ubicación de la fuerza pública.
En su explicación, la Corte indicó que si bien la policía debe estar en todo el territorio nacional, no en todos los casos se pueden ubicar estaciones en cualquier zona, más cuando se trata de un territorio altamente peligroso y afectado por el conflicto como este, en donde hacen presencia las Farc y el Eln, aunque se resaltó que desde septiembre de 2015 no se han vuelto a presentar enfrentamiento de gran envergadura.
Además, la Sala indicó que la “ocupación ilegal de la Policía a las viviendas de los habitantes de Campo Alegre constituye una violación del principio de distinción del Derecho Internacional Humanitario. (...) La policía utilizó casas como trincheras y por tanto, convirtió los hogares en blanco de las hostilidades”.
La Corte indicó además que la estación de Policía de El Mango y de la Vereda Campo Alegre no cumplen con las condiciones de proporcionalidad que ha fijado esta Corporación pues las casas de los habitantes han terminado lesionados.
“La Policía, entonces, puede rediseñar sus estrategias de protección a la población, como en parte lo ha hecho, por ejemplo, ideando alternativas que no impliquen aumentar el resigo que actualmente soportan los accionantes. Quien tiene el deber de protección de la comunidad es la fuerza pública y el hecho que sus bases no pueden estar cerca de las casas de los habitantes, no significa que no leudan cumplir con su misión constitucional”, señaló la Corte.