Con la anulación de la segunda sanción proferida en el 2010 por la Procuraduría, que la había destituido e inhabilitado por 14 años, el Consejo de Estado le devolvió la vida política a la exsenadora Piedad Córdoba.
La Sección Segunda, con ponencia de la magistrada Sandra Liceth Ibarra, consideró que dentro del proceso de una supuesta contribución económica de Córdoba a la campaña de un candidato a la Cámara, que el Ministerio Público calificó como una falta gravísima, no existían pruebas que demostraran una violación a la ley disciplinaria.
“La Sala concluyó que la investigación de la Procuraduría General de la Nación se basó en conjeturas e indicios que no fueron demostrados y que no constituyen medios de prueba a la luz del Código Disciplinario”, precisó Danilo Rojas, presidente del CE.
Hace dos meses ese órgano también derogó una inhabilidad de 18 años a Córdoba que le impuso el Ministerio Público, por sus presuntos vínculos con las Farc. Según el alto tribunal, las pruebas recolectadas en el computador de alias ‘Raúl Reyes’ eran ilegales.
En una entrevista publicada por este diario el pasado 29 de agosto, el entonces procurador, Alejandro Ordóñez, dijo que respetaba la decisión del CE, pero para la Procuraduría seguía siendo alias “Teodora”.
¿Error de Ordóñez?
Según Juan David Posada, doctor en Derecho de la Universidad de Barcelona y docente de la Universidad de Antioquia, ella fue sancionada por razones políticas y no jurídicas, así que se trata de un fallo ajustado a derecho. Agregó que la única implicación es la derivada de la indemnización.
“No existe ‘choque de trenes’ porque la Procuraduría no es uno de los poderes del Estado, sino una institución con facultades disciplinarias. La decisión judicial reciente se basa en que las pruebas utilizadas en el proceso disciplinario no fueron allegadas de manera legal, así que resulta viciada la decisión disciplinaria”, explicó Posada.
Para Néstor Osuna, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura y docente de la Universidad Externado, Córdoba queda habilitada para volverse a presentar a elecciones, pero no ingresa de manera automática al Congreso, porque el periodo para el que fue elegida terminó en el 2014.
Andrés Úsuga, docente de Derecho Constitucional de la Bolivariana, dijo que no conoce la motivación del fallo, que es última instancia, pero que su sentido es contradictorio con unas tutelas que Córdoba presentó ante la Corte C.
“Lo más probable es que ella va a ser una de las voceras de su propio partido, Marcha Patriótica. El Partido Liberal no la apoyó cuando se quedó sin investidura, y por es no es probable que regrese. Le queda el Polo Democrático o su movimiento para aspirar al Senado o a la Presidencia”.