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Investigan a electores, no campañas

De 12.224 casos penales por delitos electorales, en solo nueve se indaga por los candidatos.

  • Los ciudadanos se exponen a hasta 36 meses de cárcel por delitos como, por ejemplo, recibir dinero a cambio de su voto. FOTO Jaime Pérez
    Los ciudadanos se exponen a hasta 36 meses de cárcel por delitos como, por ejemplo, recibir dinero a cambio de su voto. FOTO Jaime Pérez
15 de abril de 2019
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Se acerca un nuevo período electoral y el país aún no termina por esclarecer las presuntas irregularidades de los comicios legislativos y presidenciales de 2018. El caso que ha tenido más eco, el de la exsenadora Aída Merlano, se derivó en dos procesos que van a paso lento: Uno en la Corte Suprema, que ha estado lleno de recursos de la defensa que han retrasado su avance, y otro en el Consejo de Estado, que la llevó a perder su investidura en decisión de primera instancia.

Pero, aunque la investigación contra Merlano se ha convertido en el caballito de batalla de la justicia para mostrar resultados, no es la única. Según datos suministrados por la Fiscalía General de la Nación, actualmente hay en fase de indagación 12.131 posibles hechos delictivos contra el proceso electoral y hay abiertas 93 investigaciones.

Los delitos más comunes

El más recurrente es el fraude en la inscripción de cédulas, consignado en el artículo 389 del Código Penal y en el que incurre todo aquel que logre que personas habilitadas para votar, inscriban su documento de identidad en un municipio o distrito diferente al que hayan nacido o residan, para obtener ventaja.

La pena por dicha conducta oscila entre 48 y 108 meses de prisión, y actualmente la Fiscalía tiene abiertos 2.961 procesos en indagación y 16 en investigación.

El segundo delito en el ranquin de los más frecuentes es el de corrupción al sufragante que, según el artículo 390 del Código Penal, es aquel en el que incurre quien prometa, pague o entregue dádivas a ciudadanos para que voten a favor de determinado candidato. Por este tipo de hechos, hay 2.123 procesos en fase de indagación y 17 investigaciones lideradas por la Fiscalía.

Quienes sean hallados culpables se exponen a una pena de entre 48 y 90 meses de prisión, así como a una multa de hasta 750 salarios mínimos legales mensuales vigentes, mientras que los sufragantes a quienes se compruebe que recibieron alguna prebenda para modificar su voto, incurren en pena de prisión de entre 16 y 36 meses.

El tercer lugar lo ocupa el voto fraudulento, descrito en el Código Penal como el comportamiento de un ciudadano que vote más de una vez, o que lo haga sin estar habilitado, por lo que recibiría una pena de prisión de 4 a 8 años. Por este delito, existen 1.469 indagaciones y 13 investigaciones.

¿Justicia selectiva?

Los datos suministrados por la Fiscalía permiten inferir que son más investigados los delitos que involucran directamente al elector, pero no ocurre lo mismo con los políticos y sus campañas.

Por ejemplo, actualmente solo hay abierta una indagación por violación de los topes de gastos en las campañas y ninguna investigación. Mientras que por la financiación de campañas con fuentes prohibidas hay dos indagaciones, pero tampoco hay investigaciones en curso.

Para Juan Carlos Arenas, investigador del Instituto de Estudios Políticos de la Universidad de Antioquia, esa manera de investigar la corrupción electoral no es eficaz: “Realmente la cifra es abultada en términos de responsabilidades de los electores y si la Fiscalía se pone a investigar encontrará un número significativo de ciudadanos”.

El analista consideró que “lo verdaderamente eficaz sería preguntarse quién activa esas corruptelas, quién paga. Eso requeriría irse en contra de la clase política y desarrollar un trabajo serio de investigación, para no dar con delitos menores sino con el responsable mayor de una irregularidad electoral. Es más espectacular perseguir al pequeño, al que vende empanadas”.

Consejo de Estado vigila

Uno de los factores que podría hacer más complejo el panorama es lo que ocurrió en las elecciones legislativas de 2018.

La magistrada Lucy Jeanette Bermúdez, presidenta del Consejo de Estado, afirmó a EL COLOMBIANO que la demanda de nulidad contra la elección del Senado del año pasado, ha sido la mayor de su tipo que se ha interpuesto ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

“Fue un proceso inmenso que nos obligó a la práctica de más de medio millón de pruebas, lo que nos permitió asomarnos a lo más profundo del proceso electoral y encontramos muchas irregularidades”, afirmó la presidenta.

Diferencias entre formularios que debían contener los mismos datos, como el E-14, que contiene el resultado de los votos en la mesa; el E-24, con la totalización que hacen las comisiones escrutadoras y el E-26, en el que se consolidan los votos de todo el país; la pérdida o destrucción de material electoral, las irregularidades en el software para los escrutinios, así como el uso de plumones que no son de secado rápido y que, al doblar el tarjetón producen marcas que anulan el voto, fueron algunas de las inconsistencias que motivaron la investigación del Consejo de Estado.

“Para el caso de los formatos E-14, E-26 y E-24, en que se registra el conteo de votos, son tres instancias en que los datos deben ser idénticos y si hay cambios por reconteo u otra situación, esta debe quedar registrada, pero en muchos casos hubo diferencias sin ningún sustento”, recalcó la magistrada Bermúdez.

Tras verificar las inconsistencias, desde el Consejo de Estado “exhortamos al Ministerio de Justicia y conminamos a la Registraduría para que desarrollaran acciones tendientes a que estas situaciones no se repitieran”, explicó la presidenta del alto tribunal y añadió que en las elecciones del próximo octubre “veremos qué se hizo sobre el particular”.

Siete demandas

Sobre las voces que reclaman que el caso de Aída Merlano por presunta compra de votos ha sido más visible que otros de mayor dimensión, la magistrada Bermúdez dijo que “cada caso es diferente. Las demandas, los recursos, el volumen, las conductas y las pruebas, son elementos de fondo que hacen la diferencia”.

“En el caso Merlano se presentaron 7 demandas de pérdida de investidura. Por tratarse de las mismas conductas, las demandas fueron acumuladas en tres procesos, de los cuáles dos ya fueron fallados en primera instancia, uno decretando la desinvestidura porque vulneró los topes máximos de financiación electoral y ello se produjo con su conocimiento y otro negándola porque no se encontró que hubiese lugar a imponer la sanción, puesto que medió la fuerza mayor en la no posesión en el cargo”, concluyó.

En julio se cumple el plazo máximo para definir si la senadora puede o no posesionarse.

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investigaciones tiene en curso la Fiscalía por alteración de los resultados electorales.

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