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Procuraduría pidió anular normativas que permiten el fracking en Colombia

  • La práctica de extracción petrolera, dice la Procuraduría, tiene serias consecuencias en la salud humana y de los ecosistemas. Foto: Colprensa.
    La práctica de extracción petrolera, dice la Procuraduría, tiene serias consecuencias en la salud humana y de los ecosistemas. Foto: Colprensa.
02 de noviembre de 2020
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La Procuraduría solicitó al Consejo de Estado declarar nulos tanto el Decreto 3004 de 2013 como la Resolución 90341 de 2014, que establecen los criterios y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales a través del fracking.

“Teniendo abundante evidencia científica e información con múltiples aristas de los riesgos y daños irreversibles al recurso hídrico y, en general, al medio ambiente que pueda verse comprometido con la práctica de la exploración y explotación de yacimientos no convencionales, es claro que las normas demandadas permiten desarrollar una actividad que puede traer graves e irreversibles consecuencias para la salud del ser humano y que causa daño a las aguas subterráneas y superficiales y, por consiguiente, los ecosistemas que dependan de estas, razón por la cual la práctica que pretende implementarse no es compatible con el principio de desarrollo sostenible previsto en la Constitución Política”, señaló la Procuraduría.

De esta manera, el Ministerio Público pidió aplicar el principio de precaución teniendo en cuenta que existen peligros de daño al medio ambiente como la contaminación de aguas subterráneas y superficiales, el aumento de la actividad sísmica en los lugares donde se desarrolla la práctica, y un potencial daño a la salud del ser humano.

Para el órgano de control, los daños que causa el fracking son irreversibles debido a que Colombia no tiene una línea base de información ambiental e hidrológica, ni capacidad de monitoreo y control para ello, así como tampoco acceso a la información ambiental, geológica, geofísica, geoquímica y sísmica.

Para saber más sobre el fracking: Fracking aún no convence a las poblaciones del país

De acuerdo a la Procuraduría, en caso de presentarse contaminación hídrica, esta repercutiría en daños irreversibles a los ecosistemas, fauna y flora país e hizo énfasis en el potencial daño que esto causaría a la salud del ser humano. Dijo que tanto el Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014 son contrarios a lo dispuesto en los artículos 79 y 80 de la Constitución, y al artículo 1o de la Ley 99 de 1993, que incorporan los principios de precaución y de desarrollo sostenible.

“Debe aplicarse el principio de precaución, pues ha de priorizarse la protección al medio ambiente, en especial, el recurso hidrográfico que se compromete con este tipo de práctica, y que puede verse afectado de manera grave e irreversible, dañando así ecosistemas, afectando la flora y la fauna colindante, así como también genera un potencial daño a la salud del ser humano. En la medida en que con la expedición de las normas objeto de este medio de control se ignoraron estos trascendentales principios, se considera que deben declararse nulas, por infringir las normas en las que han debido fundarse”, indicó la Procuraduría.

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