El Ministerio de Educación publicó un comunicado en el que asegura que no tocará el presupuesto de la educación con el fin de pagar las deudas de eventuales sentencias contra el Estado colombiano, tal como se conoció esta semana que señala el artículo 44 del proyecto de presupuesto para 2020.
El punto en cuestión indica que “en virtud de la autonomía consagrada en el artículo 69 de la Constitución Política, las universidades estatales pagarán las sentencias o fallos proferidos en contra de la Nación con los recursos asignados por parte de esta, en cumplimiento del artículo 86 de la Ley 30 de 1992”.
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Sin embargo, el Ministerio asegura en su comunicado que este artículo ha estado presente en las leyes de presupuesto de los últimos 17 años, ya que “cada universidad pública, como sucede en las demás entidades públicas dentro de los ejercicios presupuestales de cada vigencia, incorpore un rubro específico para el pago del contingente judicial”.
Pese a esta claridad, el documento asegura que “ante las controversias suscitadas frente al artículo, y con el fin de que no quede ninguna duda, el Ministro de Hacienda expresó el pasado jueves ante el Congreso el compromiso de eliminar el artículo”.
La medida sería, no obstante, simbólica de acuerdo con el comunicado, pues de acuerdo con el Ministerio “el artículo en mención de ninguna manera socava los recursos asignados a las universidades con base en la ley o en el marco de los acuerdos”.
Esto, en referencia a los compromisos adquiridos por el gobierno de Iván Duque desde su llegada al poder, como respuesta a las protestas estudiantiles contra el desfinanciamiento de la educación.