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¿Quiere recibir más plata en la primera quincena de mayo? Este es el día que debe laborar

En Colombia, trabajar este día en específico de mayo implica una bonificación extra. Conozca cuánto le corresponde.

  • El valor del pago adicional en días festivos varía según el tipo de jornada y el salario del trabajador. FOTO: iStock
    El valor del pago adicional en días festivos varía según el tipo de jornada y el salario del trabajador. FOTO: iStock
  • Los turnos realizados en festivos deben ser compensados con recargos adicionales, especialmente si son nocturnos. FOTO: iStock
    Los turnos realizados en festivos deben ser compensados con recargos adicionales, especialmente si son nocturnos. FOTO: iStock
hace 7 horas
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Los días festivos se hicieron para conmemorar fechas históricas y en Colombia no es la excepción. Por eso, son jornadas en las que el comercio y el trabajo se frena un poco y las personas las utilizan para compartir en familia. Sin embargo, hay sectores que no cesan y aunque no se trabaja a toda máquina, continúan sus operaciones. Esos días son los que los empleados utilizan para trabajar y que nómina le llegue un poco más alta.

El 1° de mayo, además de ser un día importante porque homenajea a los trabajadores, es la fecha que le puede ayudar a devengar un poquito más de su salario base, pues está catalogado como un día festivo y, por ende, su valor aumenta.

Para 2025, esta festividad cayó un poco atravesada, pues se celebrará este jueves y por eso puede que usted se confunda, con respecto a los días laborales ordinarios.

Según el Código Sustantivo del Trabajo, cuando un trabajador labora durante un día festivo, como el 1° de mayo, tiene derecho a recibir un recargo del 75 % sobre su salario ordinario. Esto significa que por cada hora o jornada trabajada ese día, se debe pagar un valor adicional considerable.

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¿Cuánto es ese recargo por trabajar un día festivo?

Los turnos realizados en festivos deben ser compensados con recargos adicionales, especialmente si son nocturnos. FOTO: iStock
Los turnos realizados en festivos deben ser compensados con recargos adicionales, especialmente si son nocturnos. FOTO: iStock

El valor depende del salario que recibe el trabajador y si su jornada es diurna o nocturna. Por ejemplo, en 2025 el salario mínimo en Colombia quedó en $1.423.500, con un auxilio de transporte de $200.000, lo que da un ingreso mensual base de $1.623.500.

Con esa base, el cálculo para un día festivo trabajado es el siguiente:

- Salario diario ordinario: $ 47.450.

- Recargo del 100 % por ser festivo: $ 47.450.

- Total a pagar por 8 horas de trabajo en festivo: $ 94.900.

Cabe destacar que este recargo se calcula como si fuera del 100 % en jornada completa porque se suma el día ordinario más el 75 % adicional sobre la hora, pero hay quienes lo interpretan como un 100 % total. En la práctica, el cálculo depende de cómo se liquide en cada empresa).

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¿Y si trabaja de noche?

Aquí entra otro recargo: el nocturno. Si la jornada festiva se desarrolla entre las 9:00 p.m. y las 6:00 a.m., se suma un 35 % adicional por cada hora trabajada en ese rango horario.

Por ejemplo, para quien devenga el salario mínimo, el recargo nocturno es de aproximadamente $ 2.076 por hora. Este valor se añade al total anterior, según el número de horas nocturnas laboradas.

¿Gana más del salario mínimo? Así hace el cálculo

El procedimiento es sencillo:

1- Calcule el valor de su hora ordinaria: divide el salario mensual entre 240 horas (si trabaja 48 horas semanales).

2- Multiplique ese valor por la cantidad de horas trabajada en el festivo.

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3. Luego, multiplique el valor de la hora por 0,75 (el recargo festivo).

4. Sume ambos montos para saber cuánto le deben pagar por esas horas.

5. En caso de turnos nocturnos, recuerde sumar también el recargo del 35 % por cada hora nocturna.

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