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El del Rut: otro trámite que cambió

ADEMÁS DE LA CÉDULA se debe anexar factura de servicios públicos cancelada. Minhacienda dijo anoche que se revisará el requisito de cuenta bancaria para ciudadanos

  • El del Rut: otro trámite que cambió | Archivo | De acuerdo con el director regional de la Dian, el poder para tramitar el Rut, únicamente, podrá ser entregado a un abogado o al representante legal de la empresa mediante escritura pública.
    El del Rut: otro trámite que cambió | Archivo | De acuerdo con el director regional de la Dian, el poder para tramitar el Rut, únicamente, podrá ser entregado a un abogado o al representante legal de la empresa mediante escritura pública.
02 de agosto de 2011
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¡Ahora sí me quedé sin el trabajito!, fue lo único que atinó a decir Juan Guillermo Bedoya apenas le informaron que habían cambiado los requisitos para tramitar el Registro Único Tributario (Rut).

Entre la sorpresa y la indignación, el vendedor ambulante, que necesita el documento para acceder a un empleo formal, trataba de asimilar la noticia, que también le cayó como un balde de agua fría a otros usuarios que esperaban ayer en las afueras de la oficina de la Dian, en La Alpujarra.

"Imagínese, uno bien pobre y le toca tener cuenta de ahorros. Yo de dónde por Dios", decía el hombre, quien aseguró que esas exigencias son "un abuso para el pueblo".

Y es que además, Bedoya se quejó por otro de los requisitos: deben presentar un recibo de la cuenta de servicios públicos cancelado, con fecha de pago no mayor a dos meses.

"¿Y si uno está atrasado en los pagos qué?", se preguntó el vendedor.

Y casi ahí mismo, él se respondió, sumido en la preocupación: "Quedamos varados".

A medida que pasaban los minutos, se repetía la escena compuesta por las caras de frustración de los usuarios, que tenían que devolverse por donde habían llegado al ver las dos carteleras en las que se les anunciaban los cambios.

"Ahora le ponen más obstáculos a la gente para que pague los impuestos. Es increíble", manifestó Francisco Quijano.

El comerciante lamentó que una diligencia que, según dijo, antes se realizaba fácilmente con la única condición de presentar el documento de identidad, se haya "complicado tanto".

Ante las quejas de los ciudadanos, el Ministerio de Hacienda anunció un nuevo decreto en el que dejaría el requisito de la cuenta bancaria solo para importadores.

Cumplimiento obligatorio
El director seccional de la Dian, Javier Lizardo Montoya, informó que el decreto 2645, mediante el cual el Ministerio de Hacienda cambia las exigencias para expedir el Rut, comenzó a regir desde el pasado lunes y señaló que es de obligatorio cumplimiento tanto para personas jurídicas como naturales.

"La resolución propende por la bancarización que es un objetivo del Gobierno, y también busca que las personas no defrauden a la entidad", explicó el funcionario.

Señaló que una de las forma de evitar los engaños es, precisamente, comprobar la dirección del contribuyente, y la mejor manera de hacerlo, afirmó, es a través de la factura de los servicios públicos.

Con la cuenta bancaria, indicó Montoya, se busca que los pagos se hagan por el sistema financiero y no en efectivo, lo cual favorecería la seguridad y facilitaría el control del Estado sobre los ingresos que perciben los ciudadanos.

El director precisó que los requisitos actuales solo se piden a quienes tramitan el registro por primera vez o a aquellos que deseen actualizarlo para cambiar algún dato.

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