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El rasero de las pruebas

La gravedad de desestimar el valor probatorio de los correos de alias "Raúl Reyes" va mucho más allá del caso puntual del exrepresentante Wilson Borja. Abre el interrogante de si otras pruebas condenatorias aplicadas a políticos de espectro diverso, también fueron sometidas al mismo rigor. El reto lanzado a la policía judicial y a la investigación criminalística es muy serio.

20 de mayo de 2011
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El auto por el cual la Corte Suprema de Justicia se inhibió de iniciar investigación penal contra el exrepresentante a la Cámara, Wilson Borja, ha generado, con razón, toda clase de reacciones, y de paso, frustración entre quienes tienen una concepción menos formalista del Derecho y las técnicas de investigación criminalística contemporánea.

La perplejidad no deriva, valga decirlo, del hecho de que no se procese al exrepresentante Borja. Si la Sala Penal no encontró ninguna prueba relevante, ni ningún testimonio de los máximos representantes de los organismos de inteligencia, que lo impliquen con las Farc, lo menos que puede pedirse es que se le desvincule de forma inmediata de cualquier sospecha.

La frustración surge, en cambio, de la valoración que hace y el juicio que a la Corte le merece la información recuperada de los computadores del terrorista alias "Raúl Reyes". No tendrán ninguna validez como prueba, procesalmente hablando, ya que ni fue recogida de manera legal -no la practicó la policía judicial- ni se hizo a través de los canales de cooperación judicial establecidos con las autoridades ecuatorianas, en cuyo territorio se incautaron de los computadores. Adicionalmente, y éste es quizás el argumento de mayor consistencia del Auto, los archivos examinados estaban en un formato Word del que no puede concluirse que, efectivamente, hayan partido de un emisor -el terrorista "Reyes"- hacia un destinatario, mediante correo electrónico.

Aquí, directamente, la Corte también hace objeciones a la labor del manejo probatorio de la policía judicial, quien debe ilustrar al juez de tal manera que la prueba no pueda albergar ninguna tacha. Si los organismos de inteligencia dicen que hay ingente información en los "correos" de Reyes, no se puede luego entregar al juez la información en formatos que no sean los propios de los mensajes que se transmiten por la red.

Con seguridad se agudizará el debate sobre si esta restricción en la valoración de la prueba por parte de la Sala Penal, sobre todo para la vigencia del in dubio pro reo , ha sido aplicado a todos los sonados y políticamente explosivos procesos que se han adelantado allí en los últimos años.

También, si se está cerrando paso definitivamente al valor probatorio de la información acopiada por las fuerzas de seguridad, incluso en caso de acción en zona de combate, caso en el cual la lucha contra la criminalidad en nuestro país, ya de por sí precaria y cercada por el "formalismo garantista", va directamente a su erradicación.

Y dos conclusiones finales: la Corte no objeta, ni política ni militarmente, la "Operación Fénix". Y segundo, los procesos de la "Farc-política" cuyo sustento probatorio sea únicamente la información de los "correos de Reyes", no tendrán ninguna viabilidad. Que ese mismo criterio, haya sido o vaya a ser aplicado a otras investigaciones, como los de la "Para-política", será un examen que los juristas habrán de hacer muy escrupulosamente.

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