A finales del año pasado se adoptó, en tiempo récord y sin mayor debate, la Ley 1424, por la cual se busca resolver la situación jurídica de los paramilitares desmovilizados a quienes no se les habían aplicado las figuras previstas en leyes anteriores (como la amnistía, el indulto o el principio de oportunidad) que las altas cortes declararon inconstitucionales.
Esta nueva ley se presenta como la solución a todos los problemas. Exige que los desmovilizados depongan su verdad a cambio de un beneficio judicial: la suspensión de la privación de libertad (sea esta con fines preventivos o de pena). Este es un mecanismo paralelo a Justicia y Paz.
El marco de la nueva ley abandona las formas judiciales e introduce dos figuras ambiguas para dar lugar a las versiones de los perpetradores: el Acuerdo de contribución a la verdad histórica y la reparación, y el Mecanismo no judicial de contribución a la verdad y la memoria histórica. Se trata de figuras de conveniencia que se ponen en marcha en un momento de franca crisis del sistema de Justicia y Paz.
Los colombianos estarán expuestos a un nuevo mecanismo de deposiciones. Los perpetradores narrarán sus verdades, sin que exista un mecanismo de confrontación a esas versiones y sin que el perpetrador enfrente riesgo alguno de sufrir consecuencia por lo narrado. La ley prevé que "la información que surja en el marco de los acuerdos (de contribución a la verdad) no podrá, en ningún caso, ser utilizada como prueba judicial en contra del sujeto que suscribe el Acuerdo (?) o en contra de terceros". El perpetrador podrá contar y contar, sin control de realidad y sin consecuencias.
Antes de abrir este nuevo escenario confesional, sería deseable reflexionar sobre los errores cometidos en el sistema confesional de Justicia y Paz para no repetirlos o agravarlos.
Primero, el desorden prima sobre las postulaciones a Justicia y Paz. La conformación de la lista de los postulados fue una operación que encubrió a algunos de los responsables y, por otro lado, incluyó a personas que nada tenían que ver con la perpetración de atrocidades. La confusión se convirtió en escondite para muchos que ahora pueden acudir al nuevo mecanismo si no se les investiga adecuadamente.
Segundo, la falta de capacidad de la Fiscalía para confrontar las versiones de los perpetradores conduce a que los paramilitares cuenten lo que quieren contar. Algunos deciden no contar nada, sin consecuencias. Hay excepciones, pero las verdades parciales y de beneficio propio califican las versiones paramilitares en Justicia y Paz. Esta lógica debe evitarse en el nuevo mecanismo confesional.
Tercero, el público está saturado de las narraciones de atrocidades. Por abundancia, la narración gráfica de muertes y torturas ya no es procesada. Los paramilitares cuentan y cuentan, y las versiones libres se tornan en foros privados de rutina, que exigen arrepentimiento artificial y reproducen de manera acrítica la violencia. ¿Cómo se tramitarán las nuevas versiones para que hagan parte de lo público?
Cuarto, el nivel de credibilidad otorgado a las versiones de los perpetradores está condicionado por un factor de conveniencia. La versión del perpetrador se valora de acuerdo al uso que se le puede dar. A veces se les cree, a veces no. ¿Cómo tramitar las verdades incómodas?
Quinto, el sistema de justicia ha sido incapaz de procesar a terceros involucrados en el aparato criminal. Las versiones de Justicia y Paz involucran a cientos de funcionarios y, por el momento, la justicia no llega. ¿Si las nuevas versiones no acarrean consecuencias judiciales, cómo se tramitarán las confesiones relativas a estructuras criminales?
Hacer justicia o satisfacer los derechos de las víctimas a través de las verdades y de la voluntad de los verdugos no responde al sentido común. Reflexionemos antes de repetir los mismos errores de otras sociedades, como el de la sudafricana y su proceso de amnistías.
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