El Consejo de Estado admitió la demanda presentada por Julio César Yepes Restrepo, accionista minoritario de la compañía, contra el nombramiento de Jorge Andrés Carrillo Cardoso como presidente de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. (ISA).
Sin embargo, la magistrada ponente, Gloria María Gómez Montoya, negó la solicitud de suspensión provisional del nombramiento, lo que significa que Carrillo continuará en el cargo mientras se resuelve el fondo del proceso judicial.
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¿Qué se demanda exactamente contra Jorge Carrillo?
La demanda, radicada bajo el número 11001-03-28-000-2024-00205-00, busca la nulidad del acto contenido en el Acta 918 de la Junta Directiva de ISA, que se reunió los días 14 y 15 de agosto de 2024 y eligió a Carrillo como presidente.
El demandante alega múltiples irregularidades en el proceso de selección y designación.
Yepes argumenta que Carrillo no cumplía con los requisitos establecidos en los estatutos de ISA, especialmente en cuanto a experiencia profesional.
Señala que en su hoja de vida, Carrillo afirmó haber trabajado desde enero de 2009 en la empresa Profinvest, cuando esa firma apenas fue constituida en agosto del mismo año.
“Es imposible que el señor Carrillo Cardoso hubiera ingresado a laborar 7 meses antes de la constitución de la empresa Profinvest (...) La experiencia reportada no es por el tiempo indicado (...) La información suministrada no corresponde a la realidad”, se lee en el documento del Consejo de Estado.
Además, resaltó que Carrillo tiene investigaciones penales vigentes en la Fiscalía y cuestionamientos por su paso por Empresas Públicas de Medellín (EPM), lo que habría generado alertas en los informes de las firmas Korn Ferry y Kroll, contratadas para evaluar a los candidatos.
Pruebas y constancias de la Junta Directiva
La demanda está respaldada con declaraciones y documentos aportados por miembros de la Junta Directiva de ISA, entre ellos Carlos Raúl Yepes, Germán Arce, Juan Pablo Zárate y Camilo Zea, quienes dejaron constancias expresas en las actas de las reuniones, señalando sus preocupaciones sobre la idoneidad y los antecedentes de Carrillo.
“ISA contrató a la sociedad Kroll (...) arrojando alertas globales altas frente al señor Jorge Andrés Carrillo Cardoso... Algunos miembros de la Junta Directiva manifestaron que no estaban de acuerdo con la postulación del demandado, entre ellas por las investigaciones en curso en su contra... El señor Jorge Andrés Carrillo reportó alertas altas en medios, redes sociales y fuentes humanas”, detalle el auto del Consejo de Estado.
También se adjuntó una constancia extensa del exintegrante de la junta, Diego Muñoz Tamayo, quien detalló cómo desde el Comité de Talento Organizacional se había descartado inicialmente a Carrillo por su bajo puntaje en la evaluación de competencias.
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A pesar de ello, la mayoría de la junta votó por Carrillo, en una decisión que, según la demanda, no respetó ni el criterio técnico de los asesores ni los estándares de gobierno corporativo. De hecho, se señala que tres miembros supuestamente independientes actuaron siguiendo instrucciones de Ecopetrol, el accionista mayoritario.
“Solicitaron la suspensión de la reunión para realizar verificaciones y consultas; sin embargo, se continuó con la sesión... No actuaron con la diligencia que la ley que regula las obligaciones de los administradores les impone... Se incumplió el deber de diligencia de buenos hombres de negocios. Algunos miembros de la junta directiva no actuaron de forma independiente, sino según instrucciones del nominador Ecopetrol”, reza el texto del Consejo de Estado.
¿Por qué no suspendieron el nombramiento de Carrillo en ISA?
Aunque el Consejo de Estado encontró que la demanda cumple con los requisitos para avanzar, la magistrada determinó que no hay pruebas suficientes para suspender de inmediato los efectos del acto que designó a Carrillo.
Según la decisión, no se puede concluir aún que haya una violación “contundente” del ordenamiento jurídico.
El tribunal resaltó que las medidas cautelares deben cumplir con principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, y si bien los argumentos del demandante despiertan preocupaciones serias, no bastan por ahora para sacar a Carrillo del cargo antes de que se estudien las pruebas a fondo en el proceso.
“La suspensión provisional de los efectos del acto demandado no se decreta... Faltan elementos de juicio que determinen con exactitud si se configuran los vicios aducidos”, detalló la magistrada.
¿Qué sigue ahora con la demanda contra Jorge Carrillo?
La demanda de nulidad electoral seguirá su curso en el Consejo de Estado, en única instancia, y se abrirá etapa probatoria. Las pruebas clave serán los informes de Korn Ferry y Kroll, las actas de la Junta Directiva y del Comité de Talento Organizacional, y los testimonios de miembros actuales y pasados de la junta, como el del propio Diego Muñoz.
ISA, por su parte, ha defendido el proceso, argumentando que se cumplieron los estatutos y que Carrillo, aunque no fue el mejor calificado, sí cumplía los requisitos mínimos.
Incluso señalan que desde su llegada el valor de la acción ha subido, lo que desvirtúa el argumento del daño al mercado bursátil.
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