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No hubo conciliación en caso del alcalde Quintero y Álvaro Rendón

  • El 2 de enero de 2020, Quintero posesionó al abogado antioqueño Álvaro Guillermo Rendón López, como nuevo gerente de EPM. FOTO CORTESÍA
    El 2 de enero de 2020, Quintero posesionó al abogado antioqueño Álvaro Guillermo Rendón López, como nuevo gerente de EPM. FOTO CORTESÍA
29 de junio de 2021
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La Procuraduría 113 Judicial II Administrativa declaró fallida la conciliación extrajudicial citada para este lunes dentro del proceso en el que el exgerente de EPM, Álvaro Guillermo Rendón, requirió al alcalde Daniel Quintero para que se retractara de afirmaciones en su contra.

El 1 de febrero pasado, tras 13 meses en el cargo de gerente de la empresa de servicios públicos, el alcalde Quintero declaró insubsistente a Rendón mediante el decreto 0085 de 2021.

Alrededor de este hecho, Quintero ofreció varias declaraciones públicas refiriéndose a la labor desempeñada por Rendón en EPM y a las razones por las que se prescindió de sus servicios.

Fueron las razones presentadas por el mandatario que Rendón, a través de su apoderado, presentó una solicitud con la intención de que se retractara de lo dicho, pues, indicó, varias de las afirmaciones atentan contra su buen nombre y su trayectoria profesional.

Tanto el alcalde Quintero, como la secretaria Privada, María Camila Villamizar Assaf, convocados a la audiencia de conciliación, fueron representados por un apoderado.

Dentro de las peticiones de Rendón estaban que el alcalde Quintero le ofreciera disculpas públicas por las aseveraciones realizadas en su contra, tanto en canales de televisión y diarios nacionales y regionales, como en sus redes sociales. Además, que se condenaran a las agencias en derecho y a las costas a las que haya lugar, con una cuantía estimada en $1.467 millones.

El apoderado del Municipio manifestó, por su parte, que no propondría fórmula de arreglo porque el acto administrativo que declaró la insubsistencia a Rendón como gerente de EPM fue producto de una facultad discrecional que tiene el alcalde, conforme lo prevé el artículo 19 del Acuerdo No. 12 de 1998.

Tras agotar la solicitud de conciliación, Rendón continuará el proceso con la radicación de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, en la que pedirá la revocatoria del decreto de insubsistencia, una indemnización y la rectificación de los cargos que públicamente formuló el alcalde para justificar su salida.

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