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En Medellín hay patinetas eléctricas por todos lados y no hay normas para su control

Pese al auge de esta modalidad de transporte en la ciudad, aún no hay claridad sobre su uso y cómo atender sus accidentes, que ya ajustan 35 este año. Expertos piden revisar normas actuales.

  • Las patinetas eléctricas se volvieron en una opción de movilidad para las personas que no quieren usar el transporte público. FOTO Camilo Suárez
    Las patinetas eléctricas se volvieron en una opción de movilidad para las personas que no quieren usar el transporte público. FOTO Camilo Suárez
06 de junio de 2023
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Una escena se ha vuelto habitual en la ciudad, sobre todo en la Avenida Regional. A la par de los rápidos vehículos que por allí circulan también se ve cómo un hombre conduce una patineta eléctrica a la misma velocidad. Es más, el temerario decide cruzar del carril derecho al izquierdo sin siquiera detenerse a mirar atrás.

Las patinetas eléctricas se han convertido en una opción de movilidad para aquellas personas que no tienen el suficiente dinero para un vehículo particular, o no quieren usar el transporte público.

De hecho en 2022 se vendieron más de 18.000 patinetas eléctricas en el país. La segunda ciudad que reportó más ventas fue Medellín, luego de Bogotá.

Sin embargo, la masificación de su uso –que data de 2018– ha traído interrogantes que cinco años después siguen sin resolverse ante la ausencia de una regulación clara.

Uno de ellos tiene que ver sobre como atienden las secretarías de Movilidad un accidente en el que esté involucrado un vehículo de estos.

En Medellín, entre 2022 y 2023 se han reportado 43 y 35 incidentes viales respectivamente en los que se han visto involucrados patinetas eléctricas. En ellos se cuentan tanto los solo daños como las lesiones. En Bello e Itagüí no hay registros de accidentes en los últimos tres años. En Envigado no hay casos recientes, solo se registra un conductor muerto en El Esmeraldal en octubre de 2019.

Aún así, las autoridades viales difieren en el método para atender dichas emergencias. Mientras que en Bello indican que por falta de jurisprudencia del Ministerio de Transporte sus guardas estarían impedidos para atender los casos (incluso en los que habría lesionados) en Medellín y Envigado señalaron que estos sí son de su potestad.

A la disparidad en los conceptos de las autoridades hay que sumar la falta de conocimiento normativo de algunas empresas que comercializan estos vehículos y no les transmiten la información a sus clientes. “No hablan de regulación, solo de cómo frenar y cómo acelerar. Ya es porque uno va averiguando y leyendo en internet sobre la seguridad al usar estos vehículos. Es ahí cuando uno se da cuenta que las patinetas no se pueden usar en todas partes y que hay que llevar unos elementos de seguridad al hacerlo”, añadió una dueña de estos vehículos.

¿Norma enredada?

Hay dos elementos jurídicos para las patinetas eléctricas en Medellín. El primero es la Resolución 160 de 2017 del Ministerio de Transporte. En esta, la entidad nacional conceptúa que estas se deben considerar ciclomotores y bajo esa catalogación deben ser registradas en el Runt por los fabricantes o importadores; también deben llevar una placa reflectiva en su parte trasera; y para usarse el conductor debe portar licencia A1 así como un seguro Soat. No obstante, el incumplimiento de estas normas es lo general en la ciudad.

Llama la atención que la resolución no da pautas para la atención de accidentes derivados por las patinetas.

Ante el auge de este medio de transporte en la ciudad, en 2019 la Alcaldía de Medellín expidió una circular que brindaba recomendaciones al uso de patinetas eléctricas. En ella la Secretaría de Movilidad indica que la edad mínima para conducirlas es 16 años, que la velocidad máxima es de 20 kilómetros por hora, y que está prohibido conducirlas por los carriles del Metroplús, asuntos que poco se cumplen. La circular tampoco habla sobre accidentalidad, lo que deja a usuarios y autoridades confundidos.

Ante este panorama, los expertos en movilidad indican que el “fuego cruzado” de normas evita que se tenga una visión clara sobre la atención y las cifras de incidentes que se producen en el Aburrá protagonizados por patinetas. Según dijeron el asunto lo ahonda el atraso que vincula a la ley las nuevas formas de movilizarse.

“Por ejemplo en todos estos años el único caso en el que se identificó plenamente que una patineta eléctrica estuvo involucrada, data de 2018 en la Avenida 33 cuando un conductor de patineta chocó contra una volqueta e infortunadamente falleció. Pero de ahí para allá no sabemos si es que no ha habido más casos o si en los registros las autoridades vinculan a los conductores de patinetas en una categoría diferente, como por ejemplo peatones”, apuntó Edwin Salazar, docente del grupo de investigación de Seguridad Vial de la Universidad de Antioquia.

Piden vías exclusivas

Salazar además dijo que la misma falta de regulación que deja zonas grises en los temas de incidentes viales, también afecta el de la circulación vial. De hecho, en la resolución de 2017 el Ministerio prohibía la circulación por ciclovías o ciclorrutas. Sin embargo, la circular de 2019 autorizaba el uso de dichos vehículos por estas vías.

Por ello, el docente Andrés Díez –especialista en Movilidad– señaló que urge una regulación más clara frente al tema pero que abogue para que las patinetas tengan sus propios espacios. “Porque si la proliferación de las patinetas va en contra de los peatones y de los ciclistas, vamos a tener un problema muy complicado”, apuntó.

Mientras esto se da, los usuarios de las patinetas seguirán rodando sin saber cuáles son las normas que deben cobijarlos. ¿Hasta cuándo?.

Para circular en una patineta eléctrica se debe usar de forma obligatoria un casco certificado y abrochado. Además no se debe superar los 20 kilómetros por hora. Las patinetas deben proyectar luz blanca en la parte delantera y una luz roja en la parte trasera. Se debe evitar el uso de dispositivos móviles mientras se conduce y se deben llevar elementos reflectivos después de las 6:00 p.m. No se debe transitar zonas peatonales y se puede circular por el centro de los carriles viales en tramos en los que no haya cicloinfraestructura.

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