Los autos de uso personal cuyas placas terminen en 0 y 6 están obligados a que sus dueños los dejen parqueados hoy en Medellín y el Valle de Aburrá entre las cinco de la madrugada y las ocho de la noche, de acuerdo con la rotación del pico y placa que quedó establecida para el primer semestre de 2025.
Le recomendamos leer: La paradoja de Medellín: motos le están ganando pulso a su transporte público que es referente
La misma restricción y en horario idéntico es aplicable a las motocicletas, sin importar su cilindraje, que comiencen por esos mismos dígitos (6 y 0).
Para el caso de los taxis, el pico y placa rige durante este viernes, 7 de marzo, si sus placas finalizan en 8, pero entre las seis de la mañana y las ocho de la noche.
La idea es que obedezca si no se quiere hacer acreedor a una multa equivalente a medio salario mínimo mensual, a una posible retención del vehículo y al consecuente pago por grúa y almacenamiento en los patios municipales.
Esta medida está vigente en diez municipios que conforman el area metropolitana del Valle de Aburrá: Medellín, Envigado, Itagüí, Sabaneta, La Estrella, Caldas, Bello, Copacabana, Girardota y Barbosa.
El pico y placa busca sacar de circulación parte del parque automotor de esta jurisdicción con el fin de mejorar el flujo de vehículos en las vías y, de paso, disminuir la contaminación del aire.
Existen vehículos a los que esta no obliga, como los carros eléctricos, híbridos y a gas natural que cuenten con licencia de tránsito actualizada.
También, los automotores dedicados a la atención de emergencias, que presten atención médica personalizada y/o domiciliaria, que se dediquen a labores relacionadas con el rescate de órganos y tejidos o el trasplante de los mismos.
También le sugerimos ver: La movilidad en Medellín está enferma
Así mismo los vehículos de transporte de alimentos y/o elementos perecederos; los vehículos de carga, los dedicados a la prestación de servicios públicos, aquellos propiedad de medios de comunicación y los que estén al servicio de organismos de seguridad nacional y preservación del orden público.
El listado lo completan los automotores al servicio del tránsito, aquellos en que se transportan personas enfermas y/o discapacitadas, los carros de valores y de seguridad, autos con blindaje igual o superior a nivel 3 y carros fúnebres.
En Medellín esta prohibición no se aplica en las siguientes vías: avenida Regional, vía Iguaná Sur, calle 10, avenida Las Palmas, la vía a Occidente y el Túnel Aburrá Oriente.
Tampoco cobija a los cinco corregimientos: San Sebastián de Palmitas, San Cristóbal, Altavista, Santa Elena y San Antonio de Prado.
En cambio, sí se aplica en la Autopista Norte y la Avenida Regional en jurisdicción de Bello así como la Autopista Sur en jurisdicción del municipio de Itagüí, debido a que, por necesidades particulares estos territorios se ven compelidos a implementar la medida de manera más rigurosa, según han explicado.