En un plazo no superior a 36 meses, contado a partir del 1 de junio de 2021, los empleadores del sector público y privado y los trabajadores dependientes e independientes tendrán que aportar los montos faltantes de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones correspondientes a los períodos de abril y mayo de 2020.
Cabe recordar que en abril del año pasado se expidió el Decreto Legislativo 558 de 2020, mediante el cual se permitió a los empleadores del sector público y privado, y a los trabajadores independientes, a realizar pagos parciales de los aportes al Sistema General de Pensiones correspondientes a los períodos de abril y mayo de 2020.
Sin embargo, la Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto Legislativo 558 de 2020 con efectos retroactivos desde la fecha de su expedición.
Además, la Corte ordenó al Gobierno Nacional que adopte e implemente un mecanismo que, en un plazo razonable, permita a empleadores, empleados e independientes, aportar los montos faltantes de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones correspondientes a los períodos de abril y mayo del presente año, cuyos pagos se hicieron parcialmente en virtud de lo dispuesto por dicho decreto.