La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) anunció que está lista la reglamentación en los nuevos plazos en el pago de impuestos para las industrias más afectadas por la propagación del Covid-19 y sus consecuencias.
Frente a los grandes contribuyentes, la Dian aclaró que las empresas de transporte aéreo comercial, hoteles y aquellas compañías cuya actividad económica principal sean las actividades teatrales o de espectáculos en vivo tendrán un plazo para pagar la segunda cuota del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios hasta el 31 de julio. La tercera cuota tendrá como fecha de corte el 31 de agosto.
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Para las personas jurídicas que tengan actividades similares, los límites para desembolsar los pagos referentes a la primera cuota del Impuesto sobre la Renta y Complementarios será el 31 de julio y el de la segunda cerrará el 31 de agosto.
“Es importante aclarar que la presentación de la declaración deberá realizarse en los plazos establecidos para los Grandes Contribuyentes entre el 14 y 27 de abril y para las Personas Jurídicas entre el 14 de abril y el 12 de mayo”, explicó la entidad.
Además de las medidas frente al Covid-19, también se dejaron listas las reglas de la sobretasa al sistema financiero. Se deben realizar, con respecto al año gravable 2019, dos pagos en cuotas iguales. El primero de ellos entre el 14 y el 27 de abril y el segundo del 9 al 24 de junio.