<img height="1" width="1" style="display:none" src="https://www.facebook.com/tr?id=378526515676058&amp;ev=PageView&amp;noscript=1">
x
language COL arrow_drop_down

¿Empleó jóvenes en julio? Puede tener un incentivo

  • Para aplicar al beneficio de la nueva vinculación del joven, el empleador debe estar al día con los aportes en la PILA, recordó el Ministerio del Trabajo. FOTO Jaime Pérez
    Para aplicar al beneficio de la nueva vinculación del joven, el empleador debe estar al día con los aportes en la PILA, recordó el Ministerio del Trabajo. FOTO Jaime Pérez
11 de agosto de 2021
bookmark

Por una semana, entre el 12 y el 19 de agosto, los empleadores que cuenten en su nómina del mes de julio con jóvenes adicionales entre 18 y 28 años pueden hacer su primera postulación ante la entidad financiera donde tengan una cuenta bancaria, para acceder al incentivo que otorga el Gobierno.

El Ministerio del Trabajo explicó que el apoyo estatal quedó estipulado en el Decreto 688 del 24 de junio de 2021 y se creó dentro de la Estrategia Sacúdete, con el objeto de generar mecanismos que permitan fomentar la vinculación laboral de los jóvenes y el desarrollo de sus talentos, capacidades y habilidades individuales.

El beneficio, que se otorgará hasta por 12 veces, será del 25 % de un salario mínimo legal mensual vigente, por cada joven adicional entre 18 y 28 años que se contrate o vincule formalmente a la empresa o negocio. El valor para el presente año es de 227.131 pesos.

La cartera de Trabajo añadió que el trámite es gratuito y lo podrán realizar las personas jurídicas, naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas, para quienes está dirigida esta ayuda.

En el lanzamiento del apoyo, los beneficiarios recibirán lo de las postulaciones de agosto y septiembre al finalizar el mes de septiembre, en el mismo proceso de giro. A partir de allí, los procesos de giro serán mensuales.

El empleador que decida contratar jóvenes, y recibir 25 % de un salario mínimo por cada empleo adicional generado, puede hacerlo a más tardar el día 15 de cada mes para obtener el apoyo de ese mes de contratación. Si los contrata luego de esta fecha, podrá postularse para el apoyo de la nómina del mes siguiente y durante el tiempo que esté vinculado.

En los meses siguientes, los empleadores podrán postularse en las primeras semanas de cada mes.

Para solicitar el beneficio ante la entidad bancaria el empleador debe diligenciar 2 formatos: 1) Formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario y 2) Certificación de cumplimiento de requisitos.

Después de la postulación, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) se encargará de la validación de requisitos y el Ministerio del Trabajo dará la autorización y se encargará del proceso de giro. El estado del trámite lo podrá consultar en la página web de la UGPP.

Los beneficiarios recibirán los recursos a los que tengan derecho en la cuenta de la entidad financiera donde se postularon, aplicando los gravámenes legales.

Te puede interesar

El empleo que busca está a un clic

Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida

Regístrate al newsletter

PROCESANDO TU SOLICITUD