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Ranchados y en un pulso a ver quién aguanta más. Así están los dos protagonistas del conflicto laboral desatado el 20 de septiembre en Avianca, cuando 702 pilotos afiliados a Acdac iniciaron una huelga que, según la compañía, le genera pérdidas diarias de 2,5 millones. Hoy esa factura sería de 30 millones de dólares, que cotejada con los 274 millones de dólares en que la aerolínea tasó el valor anual de las peticiones de sus empleados, ya equivale al 11 %.
El taxímetro no para. En una orilla está el accionista mayoritario de Avianca, Germán Efromovich. En un video, difundido en redes sociales, el empresario dijo que su objetivo es llegar hasta las últimas consecuencias y castigar a los responsables de la huelga, comenzando por sus líderes, a quienes acusó de incurrir en “actitudes criminales”.
La contraparte es el capitán Jaime Hernández Sierra, presidente de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac). A nombre de sus afiliados, le replicó a Efromovich que la aerolínea actúa de manera ilegal y que, aliada con el Gobierno Nacional, les está cercenando el derecho a una legítima protesta.
Con todo, Acdac ha expresado que “el diálogo está vivo”, que su pliego de peticiones es ajustado a la realidad, pues la última versión recogió en un 80 % las propuestas de Avianca. Es decir, se bajaron, entre otras solicitudes, del incremento salarial del 60 %.
No obstante, fuentes de la aerolínea le afirmaron a EL COLOMBIANO, de manera extraoficial, que la puerta del diálogo está cerrada. En línea con el pensamiento de Efromovich, la empresa quiere una solución que salga de dos mecanismos: el tribunal de arbitramento, convocado de manera obligatoria por el Mintrabajo el pasado 28 de septiembre; y la demanda que presentaron al Tribunal Superior de Bogotá para que se declare ilegal la huelga de pilotos.
Si los “puntos de dignidad” que se quieren llevar las partes en discordia son difíciles, por sus consecuencias en los pasajeros, el camino jurídico que se abrió luce más tortuoso. Bien se dice que cuando dos abogados se reúnen, salen por lo menos tres interpretaciones. Y, en este caso, sí que es cierto.
Una pregunta clave, a estas alturas del conflicto laboral, es si Acdac tiene que levantar el paro, como consecuencia de la convocatoria a tribunal de arbitramento que hizo el Mintrabajo.
“Los pilotos de Avianca tienen que levantar la huelga”, conceptuó Jaime Alberto Arrubla Paucar, expresidente de la Corte Suprema de Justicia. “Así lo determina la ley laboral colombiana y lo confirma el hecho de que el Gobierno haya expresado que el transporte aéreo es un servicio esencial”. Por ello, anotó, se debe suspender la huelga. “Si se quedan en eso, sería un paro ilegal, con las consecuencias que eso significa”.
Arrubla consideró que, por cuestión de tiempos, lo primero que puede salir es la demanda de declaratoria de ilegalidad del paro, porque esta es una decisión que se toma en cuestión de días, mientras que lo del tribunal de arbitramento es un asunto de semanas. (Ver gráfico)
Según su criterio, la decisión final del Tribunal Superior no tiene ningún recurso. Sin embargo, no descarta que le pongan una tutela, o sea una acción de amparo que interpone alguien cuando considera que se han violado sus derechos fundamentales, “pero no creo que ese sea el caso”, precisó el jurista.
Para Arrubla Paucar, “el Gobierno Nacional debería ser menos dubitativo y tener unas posiciones más firmes. Cuando uno gobierna, tiene que comprometerse. Si Avianca tiene más del 60 % del mercado, yo creo que eso se acerca a ser un servicio esencial. El país está parado. ¿Cuántos vuelos se han cancelado? ¿Un país sí puede vivir sin esos vuelos?”.
El abogado Camilo Piedrahíta Vargas también consideró que Acdac debe levantar el paro, luego de la convocatoria al tribunal de arbitramento. “En teoría sí. Lo que pasa es que desde 2010 la facultad de declarar ilegal una huelga pasó del Ministerio del Trabajo al juez laboral. Dentro de las posibles causas de ilegalidad, es que la huelga sea llevada a cabo por empleados particulares o públicos que presten servicios públicos esenciales”.
En este caso, anotó el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Eafit, hay una incoherencia entre las normas: Mintrabajo no puede declarar la ilegalidad de la huelga, pero es el que convoca al tribunal de arbitramento cuando se trate de servicios públicos esenciales y no se haya logrado un arreglo directo entre las partes. En sus propias palabras, “a pesar de que la declaratoria de ilegalidad está en manos de uno y el llamamiento a un tribunal de arbitramento obligatorio en otro, creo que los pilotos deben acoger esa decisión, no solo por razones legales, sino por una responsabilidad social frente a la situación que esto le viene generando al país”.
Como Acdac ha dicho que sigue en paro, ¿hay alguien que pueda obligarla a levantarlo?
En opinión de Piedrahíta Vargas, “nadie puede obligarlos. Lo normal es que conformado el tribunal de arbitramento, los trabajadores vuelvan a sus actividades. Si no lo hacen, habría que esperar el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, en el cual se diga si la huelga es ilegal o no. Si la sentencia sale en contra de los pilotos, Avianca podrá despedir justificadamente a todos los pilotos que participaron en ese paro”.
De ahí que, para el abogado, aunque se van a cruzar los dos mecanismos jurídicos con que se está buscando la salida del conflicto laboral, la ilegalidad de la huelga es la que más efectos tendría sobre el destino de los pilotos y sus demandas laborales.
“Avianca quiere acabar con el sindicato de pilotos de Acdac. Como representante de la CUT, yo estuve en la mesa de negociaciones, con la ministra del Trabajo. Los pilotos flexibilizaron sistemáticamente el pliego de peticiones, para lograr un acuerdo, la empresa recogió las propuestas y nunca hizo contrapropuestas. Cuando estuvo a punto de no poder decir no, decidió no ir más a la mesa, presentó la demanda de ilegalidad y presionó al Gobierno para que le hiciera el tribunal de arbitramento”.
Tal es la visión de Luis Alejandro Pedraza Becerra, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), para quien Acdac “está protegido por la ley para seguir con el paro, luego de ser convocado el tribunal de arbitramento, pues este último no modifica la legislación laboral interna ni los convenios suscritos con la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”.
El líder sindical recordó que “los trabajadores del Ministerio del Trabajo hicieron una huelga, hace menos de dos meses, y se firmó luego con ellos una convención colectiva de trabajo. Con Fecode, que agrupa a los educadores, y siendo la educación un bien esencial definido por la Constitución, el Gobierno Nacional firmó un acuerdo prestacional e inclusive puntos de una política educativa pública, luego de realizado un paro. Ahora, de manera absurda, pretenden argumentar para el sector privado lo que deberían argumentar para el sector estatal”.
La CUT dijo tener absoluta claridad en que el servicio de transporte de Avianca es privado. Según Pedraza Becerra, “el mayor accionista, Efromovich, nada tiene qué ver con la participación del Estado, ni en acciones ni en dirección. Avianca se asemeja al servicio público que prestan las empresas terrestres, las de taxis, el Transmilenio en Bogotá, con sus sindicatos y negociaciones colectivas. En otro país decente llaman a la serenidad, pero aquí el Gobierno se puso de lado de Efromovich para facilitarle hasta la violación de la ley”.
Para la CUT, en el caso de los pilotos de Acdac, el Mintrabajo incurrió “en un claro e influyente prevaricato” y violó los convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que garantizan el derecho a la huelga y la plena asociación sindical”.
Carlos Ballesteros Barón, abogado y exconcejal de Medellín, sostuvo que el Mintrabajo violó la Constitución y la ley. “Según el artículo 56 de la Carta Política, los servicios públicos esenciales tienen que ser definidos por el Congreso de la República y, en este caso, el transporte aéreo no ha sido definido de tal manera”.
Lo segundo es que la convocatoria del tribunal de arbitramento tiene que ser notificada a las partes y, ahí, cabe la posibilidad de que se interponga un recurso de reposición, que debe estudiar el Mintrabajo. “Notificada la determinación que resuelva el recurso, tres días después tendría qué levantarse la huelga. Eso es un proceso rápido, pero no tanto como dicen los medios de comunicación”.
Entre otras razones, porque, aseguró Ballesteros Barón, el gremio de los pilotos podría interponer una acción de tutela, dado que se le habrían violado derechos fundamentales, como el derecho al trabajo y a la asociación sindical, en una huelga que, para el jurista, “es absolutamente legítima”.
Al consultarle sobre la mejor salida para este pleito laboral, el abogado consideró conveniente que, dado el conflicto de intereses en juego, el Gobierno Nacional, el Congreso de la República y otros actores, deberían tratar de acercar a las partes. Una de sus razones es que “el camino escogido por Avianca, avalado por el Gobierno, es muy complejo y lo veo con muchas dificultades a corto, mediano y largo plazos” .