“No quiero utilizar la palabra majestuosa para que no suene prepotente, pero será una construcción majestuosa”. Así describe el banquero colombiano Luis Carlos Sarmiento Angulo lo que será el Centro de Tratamiento e Investigación sobre el Cáncer (CTIC), el cual abrirá las puertas al público en tres años.
Y es que de su fortuna personal, que según las estimaciones de Forbes suma los 12.000 millones de dólares (unos 35,4 billones de pesos a la tasa representativa del mercado del dólar ayer, de 2.953,77 pesos), el empresario está destinando un poco más de un billón de pesos en la construcción del complejo médico que aspira atender a unos 15.000 pacientes al año, cuya ejecución arrancó hace apenas un mes en el norte de Bogotá.
“Hemos tenido que hacer un curso profundo para iniciar este proyecto, entre otras cosas porque la ciencia cambia todos los días”, manifestó Sarmiento durante la presentación del complejo médico ayer, en uno de los salones del edificio Banco de Occidente, en la capital de la república.
Pese a haberse iniciado en el sector constructor y que algunas empresas de su conglomerado están dedicadas a esa actividad, el magnate reconoció que es la primera vez que se embarca en un desarrollo hospitalario, que se edificará en dos etapas, y apunta a convertirse en un referente de la medicina oncológica en América Latina.
“Este es un proyecto sin ánimo de lucro, no esperamos ningún rendimiento en el futuro ni los recursos que aportemos volverán a nosotros. Los aportes para su ejecución los hará la fundación CTIC, que está conformada por mi esposa, mis hijos y yo”, precisó Sarmiento.
También comentó que se recibirán donaciones de las firmas que constituyen su organización empresarial y de entidades que se interesen por darle un impulso a esta iniciativa. “Esta será una institución que se autosostenga y deberá funcionar dentro de los mismos parámetros de los demás prestadores de servicios de salud”, enfatizó.
En este punto, las precisiones del hombre que está en el lugar 120 de los más adinerados del mundo, según Forbes, coincide con lo que establece el parágrafo dos del articulo 145 de la reforma tributaria que reza: “ Los aportes iniciales que hacen los fundadores al momento de la constitución de la entidad sin ánimo de lucro y los aportes a futuro que hacen personas naturales o jurídicas diferentes a los fundadores, no generan ningún tipo de derecho de retorno para el aportante, no serán reembolsables durante la vida de la entidad ni al momento de su liquidación”.