El Ministerio de Hacienda dejó en firme un decreto con el que se establecen las reglas del Fondo de Ahorro Pensional del Banco de la República.
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Los recursos del fondo provendrán del ahorro de los trabajadores y también de los aportes del Presupuesto General de la Nación.
El Ministerio de Hacienda dejó en firme un decreto con el que se establecen las reglas del Fondo de Ahorro Pensional del Banco de la República.
A través del documento, la entidad señaló que los recursos pensionales serán gestionados de manera independiente, dado que no pertenecen a la Nación. Aunque son recursos públicos, tienen un carácter parafiscal.
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El Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, Fapc, se constituirá como el mecanismo de ahorro para respaldar el pago de las obligaciones prestacionales del sistema pensional, específicamente en lo relacionado con el componente de prima media del pilar contributivo y del pilar semicontributivo.
Los recursos del fondo provendrán del ahorro de los trabajadores y de aportes del Presupuesto General de la Nación.
Su objetivo es garantizar el pago de pensiones vitalicias para quienes vayan cotizando dentro del sistema. No obstante, estos recursos no harán parte del Presupuesto, sino que serán administrados de forma autónoma.
El decreto también aclaró que estos fondos no integrarán las reservas internacionales, como se había planteado en un borrador previo.
También, se precisó que el Banco de la República no será el encargado de calcular el pasivo pensional. Esta labor fue asignada a Colpensiones, bajo la supervisión del Ministerio de Hacienda.
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