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¿Por qué le negaron la libertad al oso Chucho?

  • El oso Chucho pasará el resto de su vida en el zoológico de Barranquilla. Foto: Colprensa
    El oso Chucho pasará el resto de su vida en el zoológico de Barranquilla. Foto: Colprensa
23 de enero de 2020
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La historia del viejo oso Chucho acaba de cerrar un largo capítulo suscitado por el debate de su libertad. La Corte Constitucional decidió que el oso de anteojos no tiene derecho a la libertad a través de un habeas corpus y deberá permanecer en el cautiverio de un zoológico de Barranquilla.

Chucho nació en la reserva natural de La Planada, Nariño, a mediados de los años noventa y desde entonces su vida ha sido en cautiverio. Su más reciente hábitat ha sido el Zoológico de Barranquilla. Sin embargo, antes de llegar allí, el abogado Luis Gómez Maldonado interpuso un recurso de habeas corpus para buscar su libertad inmediata. Aunque la Corte Suprema de Justicia le había concedido el recurso, 20 días después algunos magistrados retrocedieron la decisión y el oso continuó en cautiverio barranquillero.

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El caso pasó de lo penal a lo constitucional y llegó al despacho de la magistrada Diana Fajardo, quien preparó una ponencia positiva frente a la solicitud de libertad, la cual acaba de ser votada negativamente por la Sala Plena de este alto tribunal. “La corte encontró que no era procedente la acción del habeas corpus para pedir la libertad del Oso Chucho que había solicitado el accionante”, explicó Gloria Ortiz, presidenta de este alto tribunal, a la salida del encuentro de todos los togados.

Para entender esta decisión, que sienta un precedente judicial en la misma línea para el resto de los animales, Ortiz expuso por lo menos cuatro argumentos.

En primer lugar explicó que la corte se dedicó exclusivamente a estudiar este caso del uso del recurso de un habeas corpus para pedir la libertad de un oso. Así, el tribunal llegó a la conclusión que los animales no tienen derecho a la libertad, pues “no existe esa categoría en el ordenamiento jurídico colombiano”.

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Segundo, esto no implica que los animales queden desprotegidos. “La ley les ha otorgado a los seres sintientes unas garantías que también limitan la actuación del ser humano, que le imponen unos deberes de actuación al ser humano”, expresó Ortiz, haciendo referencia a las normas que velan por la protección del medio ambiente y especies amparadas por la Constitución.

Así mismo, señaló que el Congreso ya ha establecido ciertos mecanismos para la protección de los animales, como la acción popular o los tipos penales que establecen el maltrato animales.

En tercer lugar explicó que el recurso de habeas corpus está diseñado para evitar las detenciones ilegales, por ejemplo, en ocasiones en las cuales el Estado pueda abusar de su poder reteniendo a un ciudadano injustamente. El problema jurídico que analizó la corte es si este recurso podía ser ostentado por un animal. “Por esa razón nosotros nos limitamos establecer y concluir que no es posible hablar de derecho a la libertad de los animales”, puntualizó Ortiz.

Por último, la presidenta de la corte señaló que, si bien la ponencia de la magistrada Fajardo estaba bien sustentada, la condición de ser sintiente del oso Chucho no lo hace sujeto de este derecho, pues como animal no tiene la capacidad de decir en qué lugar es mejor para él estar. En la audiencia pública que convocó la corte para escuchar los argumentos de expertos en este tema, la sala recogió la tesis de que dado que Chucho había vivido toda su vida en cautiverio, devolverlo libremente a una reserva natural lo podría poner en peligro, pues no había desarrollado mecanismos de defensa para sobrevivir en las inhóspitas cordilleras colombianas.

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