Júpiter, un perro con displasia de cadera, se convirtió en el protagonista de una decisión que cambiará las reglas para miles de propietarios de mascotas en Colombia. En el conjunto residencial donde vive junto a su dueña, Teresa, les prohibían usar el ascensor y solo podían hacerlo con un permiso de la administración. El caso terminó en la Corte Constitucional, que concluyó que los conjuntos residenciales no pueden impedir el tránsito de animales de compañía por las zonas comunes ni exigir autorizaciones para ello.
Al estudiar el caso, el alto tribunal advirtió que esas restricciones son contrarias a la Constitución.
La Sala Octava de Revisión concluyó que, aunque el conjunto finalmente le otorgó un permiso a Teresa para usar el ascensor con sus perros, tanto la prohibición inicial como la exigencia de una autorización previa vulneraron sus derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad personal y familiar. Además, desconocieron el deber de protección hacia los animales.
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La Corte recordó que las mascotas ocupan hoy un lugar importante en la vida de millones de familias y que el vínculo que se crea con ellas tiene relevancia constitucional. Por esa razón, las decisiones de las administraciones de los conjuntos no pueden desconocer esa realidad ni imponer restricciones que, en la práctica, dificulten tener animales de compañía.
El tribunal también explicó que el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana ya establece que los animales domésticos pueden transitar y permanecer en las zonas comunes de las propiedades horizontales. En consecuencia, los administradores no pueden aplicar normas de los manuales de convivencia que contradigan esa disposición.
Eso no significa que los conjuntos no puedan fijar reglas. La Corte aclaró que sí es posible establecer normas sobre la tenencia de mascotas para garantizar la convivencia, la higiene y la seguridad de todos los residentes. Lo que no pueden hacer es imponer prohibiciones generales, restricciones desproporcionadas o exigir permisos discrecionales para que los animales circulen por áreas comunes como pasillos, jardines o ascensores.
En el caso de Teresa, el alto tribunal ordenó al conjunto residencial permitir el uso del ascensor junto con sus animales de compañía sin exigir autorización previa. También dispuso dejar sin efecto las normas del manual de convivencia que restringían ese derecho y prohibió imponer sanciones a los residentes por transportar a sus mascotas en el ascensor.
La Corte precisó, no obstante, que los dueños de mascotas siguen teniendo la obligación de cumplir las normas de higiene, seguridad y convivencia dentro del conjunto para evitar afectaciones a los demás residentes.
Bloque de preguntas y respuestas
- ¿Un conjunto residencial puede prohibir que mi perro use el ascensor?
- No. La Corte Constitucional determinó que los conjuntos residenciales no pueden impedir que las mascotas utilicen el ascensor ni exigir permisos especiales para hacerlo. Esa clase de restricciones vulnera derechos constitucionales cuando se convierten en una prohibición general.
- ¿Los conjuntos pueden prohibir que las mascotas transiten por las zonas comunes?
- No. La Corte recordó que el Código Nacional de Seguridad y Convivencia permite que los animales domésticos transiten y permanezcan en las zonas comunes de las propiedades horizontales. Por esa razón, los manuales de convivencia no pueden establecer prohibiciones que contradigan esa norma.
- ¿Qué reglas sí pueden imponer los conjuntos residenciales a los dueños de mascotas?
- Los conjuntos sí pueden establecer normas para garantizar la convivencia, la higiene y la seguridad de todos los residentes. Sin embargo, esas reglas no pueden convertirse en una prohibición para que las mascotas circulen por las zonas comunes ni exigir autorizaciones discrecionales.
- ¿Pueden multarme por subir a mi mascota en el ascensor del conjunto?
- Según la decisión de la Corte, no pueden imponer sanciones únicamente por transportar a una mascota en el ascensor cuando se cumplen las normas de convivencia. En el caso analizado, el alto tribunal ordenó dejar sin efecto las restricciones y prohibió aplicar sanciones por ese motivo.