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Ayudar a un suicidio no es un homicidio: Corte Suprema de Justicia

El alto tribunal tomó la decisión sobre el caso de un hombre en Manizales que le ayudó a una joven a quitarse la vida.

  • El caso se presentó en 2017 y este año la Corte decidió un recurso extraordinario. FOTO Colprensa
    El caso se presentó en 2017 y este año la Corte decidió un recurso extraordinario. FOTO Colprensa
10 de febrero de 2023
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La Corte Suprema de Justicia se pronunció y casó una sentencia en la que inicialmente se condenó a un hombre por el delito de homicidio, pues se determinó que, en realidad, ayudó a una persona a suicidarse.

El comienzo de estos hechos se remonta a 2017, cuando una joven de 20 años, debido a problemas personales y familiares, tomó la decisión de quitarse la vida. Tras buscar cómo hacerlo, le pidió a Hernán Ramírez Carvajal, habitante de calle y quien no la conocía, que le ayudara a suicidarse a cambio de una suma de dinero. Luego de trasladarse a unas residencias en Manizales, ambos ingresaron, pero minutos después solo él salió.

Posteriormente, los empleados del lugar notaron algo extraño y al forzar la entrada, encontraron el cuerpo de la joven con una cortada profunda en el cuello y una nota aclarando que fue por decisión propia.

En mayo de 2017, en audiencia celebrada en Manizales, se legalizó la captura de Hernán Ramírez Carvajal por el delito de homicidio agravado y luego fue condenado a una pena de 33 años de prisión. Tras esto, la defensa imputo la decisión, aludiendo que la Fiscalía no demostró la intención homicida del acusado, pero sí la materialización del delito de ayuda al suicidio. El alto tribunal encontró errores en la decisión del delito de homicidio, debido a que existían varias pruebas que ignoraron y demostrarían todo lo contrario.

Inicialmente, se comprobó que la fallecida estaba pasando por una situación compleja debido a situaciones familiares y por una relación personal con un hombre mayor. De esto tenía conocimiento la psicóloga de la universidad donde una vez fue a consulta.

Además, investigadores del CTI revisaron en el dispositivo personal de la mujer y encontraron que estuvo buscando formas fáciles de suicidarse. También se reveló gracias a un testimonio de una vendedora callejera que la joven contactó a Hernán con la oferta que le ayudara “a bien morir”.

Sobre el traslado de las dos personas y la llegada al lugar, fue corroborado por un taxista que los llevó y por trabajadores del lugar, que no hallaron nada extraño.

Por otro lado, los exámenes forenses que se le practicaron al cuerpo de la mujer se determinaron como consistentes de tipo suicida. Esto también se suma a la carta dejada por la mujer aludiendo que fue por decisión propia, pues se demostró que la letra coincidía con la de la víctima.

“Aquella había tomado la decisión de acabar con su vida, para lo cual acudió a la colaboración remunerada del acusado. En consecuencia, el delito realmente ejecutado habría sido el de ayuda al suicidio”, expresó Myriam Ávila Roldán, magistrada de la sala de casación penal.

Tras la decisión de modificar la calificación del delito de homicidio agravado por el de inducción o ayuda al suicidio, que tiene una pena de 2 a 9 años. Por lo cual se ordenó la libertad del sujeto.

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