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El Código de Policía puede volverse colcha de retazos

A la fecha, 17 sentencias de la Corte Constitucional han modificado la Ley 1801 de 2016. Desde el Congreso buscan hacerle más cambios.

  • Según la Policía, el Código “es la herramienta de la autoridad para resolver los conflictos de convivencia”. FOTO Manuel Saldarriaga
    Según la Policía, el Código “es la herramienta de la autoridad para resolver los conflictos de convivencia”. FOTO Manuel Saldarriaga
26 de febrero de 2019
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Para ser una norma bastante joven –2 años y 1 mes–, son numerosos los intentos de varios sectores por modificar el Código Nacional de Policía y Convivencia o ley 1801 de 2016.

De acuerdo con datos revelados por la Corporación Excelencia en la Justicia en su página web, desde la entrada en vigor del código hasta febrero de este año, la Corte Constitucional ha admitido 144 demandas en su contra y proferido 17 sentencias que representan cambios a la ley, relacionadas, por ejemplo, con el manejo de mascotas de razas potencialmente peligrosas, las restricciones para que la Policía ingrese a inmuebles sin orden escrita y las sanciones a vendedores ambulantes que ocupen indebidamente el espacio público.

A esto se le suma que, desde el Congreso, mediante proyectos de ley, diferentes voces piden ajustes a la norma.

En ese sentido, la representante Katherine Miranda, de la Alianza Verde, hace parte de los 12 representantes que radicaron el Proyecto 315 de 2019, que busca modificar el Artículo 140 del Código, añadiendo un parágrafo aclaratorio que indique que comprar productos o servicios en el espacio público no se considerará conducta contraria a su cuidado.

Esto, en respuesta al conocido caso de multa por la venta callejera de empanadas.

Para ella, el problema es que “los vendedores ambulantes le sirven al Gobierno para disminuir su tasa de desempleo, para engrosar datos y cifras para mentirle al país, pero en la calle no le sirven, lo que hace es perseguirlos”.

Además, puso el ejemplo de las madres cabeza de hogar, que “en el caso de Bogotá son el 60 % de los vendedores ambulantes, ¿preferimos un espacio limpio o que una madre cabeza de familia tenga el sustento para llevar a su casa?”

De otro lado, el representante del centro Democrático Óscar Villamizar radicó el Proyecto 313 de 2019, que propone sumar un parágrafo al Artículo 20 del código, que faculte al director de la Policía para crear “grupos especiales de efectivos vestidos de civil”, que patrullen las ciudades.

El congresista explicó que la iniciativa responde a que “no tenemos el número de policías que se necesitan por ciudadano o por municipio” y que “hay lugares que frecuenta la Policía y se vuelven seguros”, pero “los delitos se siguen cometiendo porque las bandas se corren de lugar”.

De esa manera, lo que se pretende es que “el factor sorpresa juegue a favor del ciudadano y no del delincuente”.

¿Por qué se modifica?

La representante Miranda considera que lo que ocurre con el Código es que, al igual que pasa con otras leyes, los congresistas dejan artículos muy ambiguos “que le caigan bien a todo el mundo”, para que los proyectos pasen los trámites legislativos sin contratiempos.

“Eso responde un poco a la polarización que viven el Congreso y el país, nos obliga a los congresistas a posteriormente reglamentar o explicar algunos artículos y termina siendo doble tarea para el perezoso”, indicó Miranda.

Por su parte, el representante Villamizar considera que el Código “pareciera que fuera solo para las ciudades grandes”, ya que “hay muchas cosas que no aplican en municipios que tienen alrededor de 100.000 habitantes, pero están en la ley, como las relativas a establecimientos de comercio”.

Pero además, “en temas de seguridad, el Código hay que fortalecerlo mucho más, no solo dándole herramientas a las instituciones que nos generan seguridad, sino también dándole seguridad jurídica a los colombianos del común”.

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