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El Consejo de Estado determinó que el Estado debe respetar y proteger la autodeterminación sexual de las personas, en especial si se trata de personas transexuales o que nacen hermafroditas.
La Corporación recordó que en casos en que las personas transexuales solicitan la práctica de procedimientos de “reafirmación sexual quirúrgica”, se debe proteger el derecho a la libre personalidad y la dignidad humana, que implica una decisión sobre la propia sexualidad.
Esto porque, según jurisprudencia de la Corte Constitucional, la falta de correspondencia entre la identidad sexual o de género de una persona trans y su fisionomía puede llegar a vulnerar su dignidad en la medida en que esa circunstancia obstruya su proyecto de vida y su desarrollo vital.
A esto se suma que las barreras de acceso a la atención médica apropiada para las personas trans “vulneran sus derecho a gozar el nivel más alto de salud, al libre desarrollo de la personalidad y a la autodeterminación sexual cuando la autorización...