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Gobierno Petro firmó decreto de austeridad: se regulará el pago de viáticos, seguridad, fiestas y regalos

Se trata del Decreto 444 de 2023, que también fue respaldado por el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo.

  • El presidente Gustavo Petro firmó decreto de austeridad. Foto: Colprensa.
    El presidente Gustavo Petro firmó decreto de austeridad. Foto: Colprensa.
05 de abril de 2023
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Con el fin de disminuir el gasto en el funcionamiento de las entidades del Estado y buscar la austeridad de la que tanto habló el actual Gobierno en campaña, el presidente Gustavo Petro y el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, firmaron el Decreto 444 de 2023.

A través de este se buscará disminuir los gastos de las entidades regionales y locales, respecto al pago de viáticos, contratación de personal, inversión en publicidad y la remuneración para los funcionarios durante su periodo de vacaciones.

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También se pretende regular el proceso de contratación de la planta del personal, es decir, se podrán realizar modificaciones y reformas, solo si la Presidencia lo avala y cumple con las políticas trazadas por el Gobierno. La medida también aplicará para la contratación por prestación de servicios, en donde se deberá de justificar de manera clara por qué se requiere de sus servicios.

Con los gastos de arrendamiento de sedes para el funcionamiento de entidades en distintos territorios del país, se deben reducir los montos destinados para ello. Se busca la implementación del teletrabajo en los casos que sea posible.

“Las entidades deberán promover y dar prelación a los encuentros virtuales y no presenciales sobre las actividades que impliquen desplazamiento físico de los servidores públicos, de manera que estos sean mínimos y plenamente justificados”, dice el artículo sexto del decreto.

Frente al salario de los funcionarios, la orden del gobierno señala que solo se podrán pagar horas extras solo en las situaciones que llegue a ser “estrictamente necesarias”; y que los funcionarios públicos deberán tomar sus vacaciones en las fechas que les corresponden, por lo que no se podrán dejar acumular y muchos menos serán pagas. Solo aplica para los retiros.

Así mismo, “las entidades deberán abstenerse de iniciar cualquier tipo de contratación que implique mejoras suntuarias u ostentosas, tales como el embellecimiento, el ornato, la instalación o adecuación de acabados estéticos de bienes inmuebles”.

El decreto realiza varias aclaraciones y salvedades en puntos que se han convertido en la principal razón en el incremento del gasto público, como es el caso de los viáticos, tiquetes de transporte, seguridad, y eventos oficiales.

Gastos en viáticos y tiquetes

Deberán de ser en la clase más económica, y solo se harán la excepción en casos que lo amerite, o que el viaje dure más de ocho horas; y no se reconocerán conceptos por gastos de transporte cuando el funcionario viajó en vuelos de comitiva oficial o en los aviones de la Fuerza Área de uso del presidente y la vicepresidenta de la República.

“Cuando la totalidad de los gastos para manutención y alojamiento que genere la comisión de servicios sean asumidos por otro organismo o entidad, no habrá lugar al pago de viáticos”, dice.

Solo serán autorizados si no están cubiertos por alguna entidad, y deberán de presentar soportes documentales de su participación como funcionario en la actividad. Por lo que “toda comisión de servicios y de estudios al exterior de servidores públicos de entidades que pertenecen a la rama ejecutiva del orden nacional, debe justificar la exigencia de la presencia física y deberá contar con la autorización previa del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República”, advierte el documento.

Seguridad

A través de la Unidad Nacional de Protección, se autorizará la compra de un vehículo, solo cuando estos tengan más de 6 años de uso, y se evidencia lo necesario de realizar un cambio, que deberá ser debidamente justificado.

Se revisará si los esquemas con los que cuentan los servidores públicos del Gobierno, en caso de que sea necesario reducir la conformación de los mismos., como el seguimiento en el uso de las horas extras que se pagan a sus integrantes.

Eventos oficiales

Se privilegiará la virtualidad, y en caso de llegar a ser presenciales, que estos se realicen en las instalaciones con las que ya cuentan las instituciones; además de que puedan llegar a ser coordinados con otras entidades del Estado.

En los casos donde se debe hacer una entrega de refrigerios y almuerzos, se deberá realizar una racionalización de los mismos, además de otras medidas como el uso de nuevas tecnologías, con el fin de disminuir el uso de papel.

El documento también hace especial énfasis en que queda prohibido realizar fiestas, conmemoraciones de las entidades u otras celebraciones, con recursos del presupuesto general de la Nación. Solo el departamento administrativo de la Presidencia de la República está autorizado en el gasto de “reuniones protocolarias o internacionales que requiera realizar los ministerios de Relaciones Exteriores, de Comercio, Industria y Turismo” y que solo estén encaminadas en el crecimiento del comercio exterior.

Tampoco se podrán financiar regalos corporativos, artículos promocionales, y condecoraciones de cualquier tipo, a excepción de las que deba otorgar el Ministerio de Defensa Nacional, Fuerzas Militares y Policía Nacional, “para dar cumplimiento a los estatutos de carrera y las disposiciones en materia de estímulos y ascenso, las cuales deberán generar un ahorro en los gastos causados por estos conceptos por lo menos del 10 %, respecto a la vigencia anterior”.

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