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Patarroyo podrá continuar en su investigación contra la malaria

La sección Cuarta del Consejo de Estado, al fallar una tutela, le garantiza al científico seguir con el desarrollo de la vacuna, que salvaría la vida a miles de personas.

  • El fallo le permitirá a Patarroyo seguir capturando monos para fines científicos. FOTO colprensa
    El fallo le permitirá a Patarroyo seguir capturando monos para fines científicos. FOTO colprensa
03 de febrero de 2015
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En una decisión sin precedentes, la Sección Cuarta del Consejo de Estado, mediante fallo de tutela, derogó una decisión de la Sección Tercera de ese mismo tribunal, mediante la cual se le prohibió al científico Manuel Elkin Patarroyo continuar con la captura de monos del género Aotus, vitales en la investigación para desarrollar la vacuna contra la malaria.

Con este fallo, según el científico, “se pone fin a varios años de retraso en la investigación científica, ya que cuando nos impidieron continuarla la vacuna contra la malaria estaba muy avanzada, ya teníamos el 80 por ciento de efectividad (...) porque no pudimos seguir recibiendo micos para la investigación. Esto representa un millón de muertos al año y 200 millones de enfermos con la malaria”.

Proceso

El 3 de mayo de 2012 el Tribunal Administrativo de Cundinamarca accedió parcialmente a las pretensiones de la señora Ángela María Rodríguez y su abogado Gabriel Vanegas Torres, quienes presentaron una acción popular en contra de la Fundación Instituto de Inmunología de Colombia (Fidic), Corpoamazonía y el Ministerio de Ambiente.

La acción popular reclamaba que se revocara el permiso que se concedió con fines de investigación científica a la Fidic para la captura de monos del genero Aotos Nacymaae en las selvas del Amazonas, con los cuales se desarrolla la vacuna contra la malaria.

También se pedía establecer si la Fidic cumplió con todos los requisitos legales para importar al país especies animales y si hubo tráfico ilegal, entre otras peticiones.

El fallo suspendió el trabajo de investigación y ordenó investigaciones disciplinarias contra los funcionarios públicos que habían emitido permisos de captura y experimentación, y ordenó también la implementación de un zoocriadero, vigilar las condiciones futuras de captura, movilización y repoblamiento del Aotus y crear un comité de verificación de lo anterior.

Sección Cuarta

La ponencia, acogida por la Sección Cuarta, consideró que con la decisión de la Sección Tercera Subsección C “el Consejo de Estado incurrió en violación de los derechos fundamentales al debido proceso y a la investigación científica, en la medida en que declaró la nulidad de las resoluciones” que le permitían a la Fidic realizar las investigaciones para desarrollar la vacuna contra la malaria con el cumplimiento de las obligaciones y permisos del caso.

El fallo amparó los derechos fundamentales de la Fidic al debido proceso y a la investigación científica, vulnerados por la Sección Tercera del Consejo de Estado mediante la sentencia del 26 de noviembre de 2013.

En consecuencia, recobran vida jurídica los permisos de investigación científica otorgados por Corpoamazonía a la Fidic, mediante las Resoluciones 028 y 632 de 2010.

Para permitir la reanudación de las actividades científicas, la decisión ordenó a Corpoamazonía que en 30 días determine si la Fidic ha cumplido las condiciones impuestas para el otorgamiento del permiso.

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