La tarea de definir quiénes pueden acceder o no a la justicia transicional, es una labor ardua que pareciera desbordar a la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP. A la fecha tiene en carpeta 941 peticiones de agentes estatales no combatientes y terceras partes civiles. De esos 941 casos, solo 13 han sido aceptados por la JEP, mientras que 258 fueron rechazados, lo que indica que 670 solicitudes todavía no tienen una respuesta de esta justicia transicional.
Uno de los rechazos es el de Juan Pablo Úsuga Torres, alias Reseco, condenado por la justicia ordinaria por ser uno de los jefes de finanzas y de narcotráfico del Clan del Golfo. Fue capturado en enero de 2019 en la misma unidad residencial donde vivía el entonces alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez.
Úsuga Torres, también sobrino de “Otoniel”, principal jefe de ese grupo armado organizado, solicitó el sometimiento a la JEP el pasado 6 de septiembre. Sin embargo, tres meses después, el tribunal decidió no aceptar la solicitud.
Aunque este podría no ser uno de esos casos, la mayoría de rechazos son apelados por la defensa de quienes aspiran ser juzgados por la JEP, algo que alarga mucho más el proceso para tomar una decisión definitiva.
Es un proceso estricto
Las cifras sobre los avances en los procesos fueron reveladas en el más reciente informe de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas a la implementación del proceso de paz en Colombia, las cuales serán presentadas ante el Consejo de Seguridad de ONU el próximo 14 de abril. Aunque en la publicación no se hace una evaluación, llama la atención el por qué la tardanza para definir el resto de peticiones.
Las apelaciones pueden ser una de las razones, sin embargo, desde la JEP le explicaron a EL COLOMBIANO cómo es el procedimiento que termina en una decisión de uno de los magistrados, en este caso, de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.
Una vez llega la solicitud, esta entra en proceso de reparto y una vez se le asigna a un magistrado, el caso se estudia y lo primero que se debe resolver es si esa jurisdicción especial tiene competencia.
“Es decir, define si es tercero y si los hechos están relacionados con el conflicto armado, y si esos hechos ocurrieron antes del primero de diciembre de 2016”, añaden desde la JEP.
Cuando se define que sí se tiene la autoridad para continuar, quien aspira a postularse debe firmar una serie de actas relacionadas con la no obligación del tribunal de paz para comparecer en sus estrados, adicional a esto se les pide un plan de régimen de condicionalidad que consiste en decir cuál será su aporte a la verdad y no repetición.
En este proceso, que fue definido por la Corte Constitucional y reforzado por la Sección de Apelación de la JEP, participan la Procuraduría y los representantes de las víctimas de esos hechos por los que el personaje está pidiendo el sometimiento.
“Es un trámite muy estricto a la hora de definir si esas personas son o no aceptadas”, enfatizan desde el tribunal.
JEP, aún con cuarentena
Durante estos días de cuarentena por el covid-19, la Jurisdicción Especial de Paz anunció la suspensión de audiencias y términos procesales, sin embargo los diferentes magistrados continúan sus trabajos de manera virtual.
“Estamos buscando evitar o afectar derechos de las víctimas, comparecientes y diferentes intervinientes en el proceso. Las actividades siguen, seguimos sesionando de manera virtual tanto salas como secciones para continuar con nuestra actividad de administrar pronta y efectiva justicia en estas circunstancias”, afirmó Camilo Suárez Aldana, Magistrado de la JEP.
291
excombatientes de las Farc ya han brindado versiones ante la JEP.