Los conductores que creen que con el trago, como en la canción de Rubén Blades, sus reflejos son "mucho más claros y tienen más control" tendrán que pensarlo más de dos veces si quieren manejar alicorados.
Un proyecto que se estudia en el Congreso de la República, estipula que el solo hecho de conducir un vehículo en estado de embriaguez generaría una pena de arresto de ocho a treinta días. Claro, siempre y cuando esa conducta no haya generado un accidente, caso en el que el conductor se expone a penas mayores contempladas ya en la legislación.
De acuerdo con el Representante a la Cámara ponente del proyecto, Roy Barreras, el año pasado en Colombia se presentaron más de 5 mil muertos en accidentes de tránsito la mayoría causados por borrachos. Para los que matan a una persona conduciendo en estado de ebriedad ya existe un aumento de penas que evita convertir esto en un delito excarcelable. La idea del Representante es que también "todo aquel que sea encontrado conduciendo borracho tenga una pena punitiva, sin que sea necesario que haya matado a alguien".
Además si amerita la prohibición del derecho a conducir, se le sancionará con el mayor plazo posible existente en la normatividad.
Sanción al que se niegue
El proyecto de ley 009 que se debate en la Cámara de Representantes, también señala una sanción para aquellas personas que al ser requeridas por la autoridad de tránsito para realizar un examen de alcoholemia, se nieguen a cumplir con el procedimiento. Así, podrán tener una pesa de arresto de 3 a 15 días y la privación del derecho a conducir vehículos automotores o motocicletas en un plazo que oscila entre uno y seis años
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