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Ordenan suspender dos comerciales del detergente Ariel

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    Ordenan suspender dos comerciales del detergente Ariel |
11 de julio de 2013
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La Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó, mediante el Auto No17921 del 24 de junio de 2013, suspender inmediatamente la presentación de dos comerciales televisivos del producto detergente Ariel, por considerar una posible práctica de competencia desleal por parte de Procter & Gamble.
 
Como fundamento de la decisión judicial, la SIC encontró, preliminarmente, que la información suministrada por el anunciante Procter & Gamble en los comerciales del producto Ariel, en donde se compara con otros detergentes, “no era lo suficientemente clara y podría generar confusión en el consumidor dándole la idea de que el producto al cual hace referencia la comparación en los comerciales es el detergente FAB, producido por Unilever”.
 
Según explica la SIC, en los comerciales se compara a Ariel con otro detergente “de los más económicos”, ofreciendo como conclusión que Ariel remueva las manchas en una sola lavada, mientras que el otro detergente lo hace en tres lavadas.
 
Además, en los comerciales se presenta una “prueba” para demostrar que tal información es verídica, lo que “podría generar la idea en el consumidor de que Ariel es científicamente mejor que otros detergentes, entre ellos posiblemente FAB, en cuanto al quitado de las manchas” De acuerdo con las pruebas presentadas, esto “no tendría fundamento y configuraría los actos desleales de engaño y descrédito”.
 
Esta medida cautelar se adoptó como consecuencia de la solicitud elevada por Unilever, quien debe instaurar la respectiva demanda judicial de competencia desleal dentro de un plazo de 10 días.
 
La medida cautelar judicial anticipada es de inmediato cumplimiento y contra ella pueden interponerse los recursos de reposición ante la misma Superintendencia de Industria y Comercio y el de apelación ante la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá.
 
En todo caso, la presentación de recursos contra la decisión no evita el cumplimiento de la medida.

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