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Para qué sirve la garantía

12 de diciembre de 2008
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Cuando el comprador de un vehículo nuevo recibe del concesionario el Certificado de Garantía del Fabricante, adquiere derechos y obligaciones relacionados con el buen funcionamiento y la aptitud de su vehículo para llenar sus necesidades.

Mientras la garantía esté vigente en el tiempo, contado a partir del momento en que recibe el vehículo o hasta alcanzar el kilometraje máximo indicado en el documento, el propietario del vehículo puede reclamar en el taller de servicio del concesionario, al fabricante o importador, que le corrijan sin costo alguno los defectos de fabricación o ensamble de las piezas, o el daño prematuro de aquellas que se desgastan normalmente por el uso. También puede exigir que le suministren en forma inmediata los repuestos que se desgastan o deterioran (pastillas de los frenos, correas, embragues, amortiguadores, etc.) y que le suministren los demás, dentro del tiempo acostumbrado en el mercado. Puede pedir asesoría técnica para utilizar y darle buen mantenimiento al vehículo, procurando obtener su mejor rendimiento y una vida prolongada.

La principal obligación que contrae el propietario del carro es la de utilizarlo para los fines que ha sido fabricado, no hacerle modificaciones que atenten contra el funcionamiento tradicional, y darle adecuado mantenimiento llevándolo al concesionario en caso de falla, para que lo revisen y le hagan los ajustes necesarios cuando se cumpla el kilometraje indicado para efectuar revisiones programadas por el fabricante (a los 5 mil, 10 mil y 15 mil kilómetros).

En general, la primera de las revisiones programadas es sin costo por mano de obra, y solo le facturan al propietario el valor del cambio de aceites y de los filtros. Las revisiones que siguen las cobran a tarifa plena por concepto de repuestos y mano de obra, y esto puede aumentar si se deben hacer reparaciones no cubiertas por la garantía y ocasionadas por uso descuidado o desafortunado del bien.

Hacer las revisiones programadas no es obligatorio, pero es lo que más se recomienda para que la garantía no pierda validez.

Por la garantía, el importador o fabricante del vehículo, y el concesionario solidariamente con él, se obligan a cambiarlo o a devolver su precio si las fallas del automóvil son reiteradas, variadas o irreparables, concediéndoles el tiempo y los ingresos al taller de servicio que se requieran para corregirlas.

Sin embargo, también el propietario está obligado a no hacer "visitas relámpago" al taller y permitirle al concesionario efectuar las pruebas de ruta que se requieran para el diagnóstico correcto de la causa de la falla.

Algunos concesionarios acostumbran prestarle un vehículo de reemplazo mientras dura la reparación, pero no es una obligación legal sino una cortesía comercial.

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