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Tribunal ordenó a Carlos Carrillo rectificarse públicamente por las acusaciones sin pruebas contra el exsenador Carlos Trujillo

El Tribunal Superior de Bogotá protegió los derechos al buen nombre y la honra del excongresista, ordenando una rectificación en las mismas condiciones con que se emitieron los señalamientos iniciales.

  • Apenas 48 horas de plazo tiene el exdirector de la UNGRD, Carlos Carrillo, para retractarse de haber calificado como “el cerebro del desfalco” al exsenador Carlos Andrés Trujillo. FOTO: Archivo El Colombiano y Colprensa
    Apenas 48 horas de plazo tiene el exdirector de la UNGRD, Carlos Carrillo, para retractarse de haber calificado como “el cerebro del desfalco” al exsenador Carlos Andrés Trujillo. FOTO: Archivo El Colombiano y Colprensa
hace 10 minutos
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El Tribunal Superior de Bogotá le ordenó este martes 13 de octubre al exdirector de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), Carlos Carrillo, rectificar públicamente las afirmaciones con las que vinculó al excongresista con presuntos actos de corrupción en esa entidad.

Y es que una frase pronunciada en estrados judiciales de forma pública terminó por desmoronar los señalamientos mediáticos que durante meses pesaron sobre el exsenador conservador Carlos Andrés Trujillo González.

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La determinación judicial por parte de las autoridades exige que el exfuncionario de la UNGRD reconozca de manera expresa que carece de evidencias para sostener sus acusaciones contra el exsenador, que presuntamente lo vinculaban con el escándalo de corrupción.

Un amparo a la honra y al buen nombre: La exigencia categórica de la orden

El pronunciamiento se dio al resolver en segunda instancia una acción de tutela interpuesta por Trujillo, quien alegó una vulneración a sus derechos fundamentales a la honra y al buen nombre. Con esta decisión, la Sala Civil de Decisión del Tribunal revocó parcialmente un fallo del Juzgado 36 Civil del Circuito de Bogotá y otorgó el amparo solicitado.

En su orden, la providencia estableció que Carrillo dispone de un plazo estricto de 48 horas, contadas a partir de la notificación, para realizar la rectificación. Asimismo, fijó que esta deberá efectuarse en condiciones de equidad y con un despliegue mediático equivalente al que tuvieron las publicaciones originales.

El fallo del Tribunal dejó una instrucción precisa respecto al contenido del pronunciamiento que deberá emitir el exdirector del organismo de prevención de desastres:

“En la rectificación deberá indicar expresamente que no cuenta con evidencia ni elemento probatorio que vincule al accionante con tales hechos”. La medida responde a una serie de intervenciones públicas en las que Carrillo relacionó al exsenador con irregularidades dentro de la institución.

De las declaraciones públicas al estrado judicial: El testimonio ante la Corte Suprema

Entre los episodios evaluados por los magistrados figura una entrevista emitida el 10 de julio de 2026 en el programa de Juanpis González. En esa oportunidad, Carrillo catalogó a Trujillo como “el cerebro del desfalco de la UNGRD”. En apariciones posteriores en diversos medios de comunicación, el exdirector continuó señalando al exsenador como una figura ligada a los manejos de la entidad.

Sin embargo, el pilar de la decisión judicial radicó en el contraste entre esas declaraciones públicas y lo manifestado por Carrillo el 16 de octubre de 2024 ante la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia. En dicha diligencia, el entonces funcionario admitió que sus aseveraciones no provenían de un conocimiento directo ni de pruebas materiales, sino de informaciones de prensa.

Durante la diligencia ante el alto tribunal, Carrillo declaró textualmente: “Su señoría, mi conocimiento es indirecto a través de información publicada por distintas fuentes de prensa y de medios de comunicación. No tengo un conocimiento directo. Si tuviese una prueba documental de la participación del senador Carlos Andrés Trujillo en esquemas de corrupción, ya la habría hecho llegar a la justicia”.

Ante esta confesión, el Tribunal Superior de Bogotá determinó que la rectificación obligatoria debe ser clara sobre la ausencia de elementos probatorios y contar con el mismo alcance comunicativo que tuvieron los señalamientos iniciales.

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Bloque de preguntas y respuestas

¿Qué plazo exacto le otorgó el Tribunal Superior de Bogotá a Carlos Carrillo para rectificar?
El exdirector de la UNGRD cuenta con un plazo estricto de 48 horas siguientes a la notificación oficial de la sentencia para realizar la rectificación ordenada por la justicia.
¿En qué medios o plataformas debe publicar Carlos Carrillo la rectificación?
La sentencia establece que la rectificación debe realizarse en condiciones de equidad y con un despliegue mediático equivalente al de las publicaciones originales, por lo que deberá difundirse en los mismos canales y medios donde hizo los señalamientos iniciales.
¿Qué debe decir exactamente la rectificación ordenada por la justicia?
El fallo exige expresamente que Carlos Carrillo reconozca que no cuenta con evidencia ni elementos probatorios que vinculen al exsenador Carlos Andrés Trujillo con hechos de corrupción en la UNGRD.
¿Cuáles fueron las declaraciones específicas por las que Carlos Trujillo interpuso la tutela?
Entre las afirmaciones examinadas se encuentra una entrevista del 10 de julio de 2026 en el programa de Juanpis González, donde Carrillo tildó al exsenador de “el cerebro del desfalco de la UNGRD”, además de diversas intervenciones en otros medios de comunicación.

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