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Criptomonedas ponen en la mira de Supersociedades a las multinivel

Hoy hay un vacío jurídico en la legislación sobre las transacciones con unidades virtuales como el bitcoin.

  • El pronunciamiento del organismo se da tras dudas interpuestas por parte de la ciudadanía. FOTO PIXABAY
    El pronunciamiento del organismo se da tras dudas interpuestas por parte de la ciudadanía. FOTO PIXABAY
11 de mayo de 2018
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De nuevo, la Superintendencia de Sociedades pone la lupa sobre las actuaciones que vienen llevando a cabo las empresas multinivel en el país.

El ente regulador advirtió que las sociedades que se dedican a actividades de comercialización en red o mercadeo multinivel no pueden “efectuar actividades relacionadas con la colocación o venta de las denominadas criptomonedas (monedas virtuales)”.

La Supersociedades advirtió también que en Colombia ninguna sociedad está autorizada para comercializar por medio de las modalidades: multinivel, monedas virtuales, inversiones en Forex (intercambio de divisas entre inversionistas de distintas partes del mundo), o servicios de educación financiera.

Sobre el tema, Francisco Reyes, superintendente de Sociedades, aseguró a través de un comunicado de prensa, que “estas sociedades deben cumplir estrictamente con lo que establece la norma que regula el desarrollo y el ejercicio de las actividades de mercadeo denominadas multinivel incluyendo, entre otros, el mercadeo en red en cualquiera de sus formas”.

El pronunciamiento del organismo se da tras dudas interpuestas por parte de la ciudadanía con respecto a si para el caso de este tipo de sociedades era o no permitido el uso de divisas como las monedas virtuales.

“Acá básicamente lo que hace el ente regulador es seguir protegiendo el derecho del consumidor. Y el llamado de atención va hacia que, aunque las criptomonedas no están reguladas en el país, tampoco pueden ser utilizadas como medio para captar dinero. El Congreso debe legislar”, dijo Edward Terán, socio director de R&T Legal.

La superintendencia recordó que “quienes promuevan o promocionen por cualquier medio, (incluidas las páginas web, redes sociales y demás métodos promocionales electrónicos, físicos o de voz a voz) esquemas que den lugar a la captación masiva y habitual de recursos del público, serán responsables penal y civilmente por sus actuaciones”.

Infográfico
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