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El Gobierno Nacional modificó el plazo para que las micro y pequeñas empresas paguen sus obligaciones tributarias correspondientes al año gravable de 2020. De acuerdo al Decreto 612 del 4 de junio de este año, la fecha se extenderá hasta el mes de noviembre.
Así lo estipuló el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cual informó que de esta forma está apoyando al sector económico que se ha visto muy afectado por la pandemia del covid-19, y la reciente crisis social que vive el país por cuenta del paro nacional.
Además, se espera que el cambio permita un flujo de caja por algunos meses, el cual contribuya a la reapertura económica anunciada hace unos días por el Gobierno del presidente Iván Duque. De hecho, el mandatario dijo este miércoles que la medida “ordena al Ministerio de Hacienda y la Dian correr el calendario de impuesto de renta de las empresas”.
La modificación al parágrafo 4 va dirigida a las personas jurídicas que se encuentren calificadas por ingresos como micro y pequeñas empresas. Con ella, se corre el calendario tributario para que las empresas paguen su impuesto a la renta y complementarios a una fecha única, entre el 9 y 23 de noviembre de 2021, según el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT).
Antes de este anuncio, lo establecido era que el pago se hiciera a dos cuotas, una para pagar en este mes de junio y la segunda en noviembre. Con lo estipulado hace cinco días, los pagos quedan de la siguiente manera:
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1. NIT terminado en 1: 9 de noviembre de 2021.
2. NIT terminado en 2: 10 de noviembre de 2021.
3. NIT terminado en 3: 11 de noviembre de 2021.
4. NIT terminado en 4: 12 de noviembre de 2021.
5. NIT terminado en 5: 16 de noviembre de 2021.
6. NIT terminado en 6: 17 de noviembre de 2021.
7. NIT terminado en 7: 18 de noviembre de 2021.
8. NIT terminado en 8: 19 de noviembre de 2021.
9. NIT terminado en 9: 22 de noviembre de 2021.
10. NIT terminado en 0: 23 de noviembre de 2021.