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Presidente: representación y responsabilidad internacional

En otras palabras, por decisión ciudadana, el presidente es la persona natural que actúa como cabeza del órgano presidencia de la República, que a su vez hace parte de una estructura superior, que es el Estado.

hace 5 horas
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  • Presidente: representación y responsabilidad internacional

Por Luis Fernando Álvarez Jaramillo - lfalvarezj@gmail.com

El presente análisis parte de una pregunta aparentemente elemental, pero de un profundo significado jurídico y político: ¿Por qué lo que dice y hace el Presidente de la República compromete a todo un conglomerado social y puede generar obligaciones y responsabilidades, directamente para el Estado, e indirectamente para cada uno de los individuos que integramos el conglomerado social?.

Para explicar en forma argumentada, las razones por las cuales el decir y hacer del Presidente se debe tomar como si fuera toda una sociedad la que se estuviera pronunciando, la doctrina acoge construcciones teóricas propias del derecho privado, como la teoría de la representación, la teoría del mandato, el concepto de tutoría o de guarda. Se afirma que, así como el gerente o presidente de una sociedad comercial representa y compromete la voluntad y los intereses de todos los socios, así también, el Presidente de la República, como jefe de Estado, compromete a todo un pueblo. También se ha afirmado que, al Presidente de la República, desde el momento en que se le elige, se le otorga un mandato que algunos consideran ilimitado e irrevocable.

Por múltiples razones de distinta índole, ninguna de estas posiciones doctrinarias logra explicar totalmente el tema, pues incluso en ocasiones no se requiere ni la elección, ni el mandato, para que un servidor público pueda actuar y comprometer a su organización. Ante la debilidad conceptual de estas explicaciones y justificaciones, la teoría del derecho público construye la “doctrina del órgano”, según la cual, el Presidente de la República es cabeza de un órgano integrado por bienes, recursos, competencias y servidores, de manera que cuando él actúa, en estricto sentido está actuando el órgano al cual pertenece esa persona. En otras palabras, por decisión ciudadana, el presidente es la persona natural que actúa como cabeza del órgano presidencia de la República, que a su vez hace parte de una estructura superior, que es el Estado.

Bajo este argumento, la democracia consiste en la elección de la persona que es cabeza de un órgano, pero quien realmente actúa y compromete, es el órgano, que eventualmente podría cuestionar la voz de su cabeza visible. Esta es una de las razones por las cuales, cuando ocurre algún daño físico o moral originado por acción u omisión de quienes actúan como voceros de un órgano, en realidad lo que interesa es que no se pierda la responsabilidad disciplinaria, civil, penal y política de quienes actúan a nombre del órgano.

Cuando el Presidente interviene ante un organismo internacional, es el órgano presidencia de la República el que actúa a través de su titular de momento, de manera que la persona que hace las veces de Presidente no es libre de decir lo que se le ocurra, sino que debe asumir su propia responsabilidad personal, cuando incumpliendo los mandatos constitucionales, desvía el objetivo central de la representación, asumiendo posturas ideológicas por fuera de las orientaciones y obligaciones orgánicas que manda la Constitución.

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