<img height="1" width="1" style="display:none" src="https://www.facebook.com/tr?id=378526515676058&amp;ev=PageView&amp;noscript=1">
x
language COL arrow_drop_down

Las CTA, claves para el empleo en el país

Estas entidades están reglamentadas, lo que ofrece seguridad jurídica no
solo a los trabajadores asociados, sino también a las mismas compañías.

  • En el país se ha avanzado en la reglamentación de las CTA. ILUSTRACIÓN SSTOCK
    En el país se ha avanzado en la reglamentación de las CTA. ILUSTRACIÓN SSTOCK
28 de octubre de 2021
bookmark

En Colombia, cada vez es más evidente el rol que vienen desempeñando las Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA), las cuales registran muy buenos comportamientos en materia laboral y en cuanto a recuperación económica.

Aunque la Superintendencia de Economía Solidaria indica que las CTA son solo 310, Carlos Acero Sánchez, presidente ejecutivo de Confecoop, señala que de acuerdo con las cifras reportadas por el Ministerio del Trabajo, son alrededor de 580 y que generan aproximadamente 42.000 puestos de trabajo.

Independiente de la diferencia en las cifras, esta modalidad de trabajo está amparada por el artículo 25 de la Constitución Política y, según el dirigente, se caracteriza por ser legal, formal, sostenible y por permitirle al trabajador asociado recibir los beneficios de la seguridad y la protección social integral.

Además, dice que requiere de la autorización del ministerio y la empresa cooperativa tiene que estar registrada en la Cámara de Comercio.

Todo esto, para él, significa que estas organizaciones hacen un aporte fundamental en momentos en que se han presentado tantas dificultades en virtud de la pandemia. También resalta que estas cooperativas por su naturaleza tan particular, son propiedad de los mismos trabajadores, han logrado sortear de mejor manera la crisis y preservar los puestos de trabajo.

“Esto, no obstante, que durante más de un año por una incomprensión de este modelo, por parte de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales de la Protección Social (Ugpp) y del Ministerio de Hacienda, no lograron acceder a los beneficios del Programa de Apoyo al Empleo Formal (Paef) y, por supuesto, les generó unas circunstancias de mayor apremio, pero que fueron superadas con la expedición de la Ley de Desarrollo Social, recientemente sancionada por el Gobierno Nacional”, precisa Acero.

A su vez, Lina Yubicely Blanco Cardona, doctora en Economía Social con énfasis en cooperativas de trabajo asociado, indica que el modelo socioempresarial de las CTA tiene como factor preponderante el trabajo.

Luego –anota– podemos hablar de puestos de trabajo más que de empleo. Para ella, en las CTA el factor trabajo hace parte de los aportes de los trabajadores al capital de la empresa, y esto hace que su rol vaya más allá del de empleado.

“El trabajo asociado tiene una triple función en la empresa: es trabajador, es dueño y cooperador. En este contexto, las CTA tienen una injerencia directa en la generación de empleo. Eso es evidente internacionalmente con reportes registrados en las revistas científicas y en los documentos de la Alianza Cooperativa Internacional (ACI) que dan cuenta del aporte de las CTA a la generación de puestos de trabajo estables, dignos y decentes”, enfatiza Blanco.

Avance regulatorio

Acero asegura que este último año ha sido importante porque se lograron algunos avances. En primera instancia, sostiene, se reconoció en la Ley de Desarrollo Social o Reforma Tributaria a las CTA dentro de los beneficios del programa de apoyo a la nómina, tanto para los trabajadores asociados como para los vinculados a través de contrato de trabajo, algo fundamental, toda vez que por más de un año se había desconocido la legitimidad y la legalidad de la modalidad del trabajador asociado.

“Igualmente, atendiendo una solicitud expresa de Confecoop, el Gobierno Nacional incorporó, en el decreto con el cual impulsó el programa Sacúdete, a las CTA, a los trabajos y a los trabajadores asociados como beneficiarios del programa de Empleo joven, es decir, que vinculen a trabajadores asociados entre los 18 y los 28 años tendrán derecho a los beneficios de este subsidio, un apoyo que quedó refrendado en la Ley de Desarrollo Social”, explica el directivo.

En esa línea, Blanco añade que en el país se han dictaminado normas que procuran la regulación frente al indebido uso del modelo por figuras de contratación de mano de obra atada a la precarización de los derechos del trabajador.

En este sentido, dice, siguen vigentes la Ley 79 de 1998 y la Ley 454 de 1998, el Decreto 4588 de 2006 y la Ley 1233 de 2008. “Posteriormente, disposiciones del consejo de Estado por sentencias han dado lugar a cambios para regular temas como la personalidad jurídica de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado y los regímenes de trabajo y de las compensaciones de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado. Se sigue en el camino de la construcción de regulación de las CTA a la luz de la nueva ley de emprendimiento, Ley 2069 de 2020”, asevera.

En lo que respecta a las condiciones laborales, Acero puntualiza que desde que en 2006 y 2008 se ajustó la normatividad que las rige, se logró seguridad jurídica tanto para los trabajadores asociados como para la misma compañía, particularmente al precisarse el ingreso base de cotización, la determinación de las compensaciones económicas a que tienen derecho, así como la obligatoriedad por parte de la CTA de responder por la seguridad y la protección social integral de sus trabajadores asociados.

“Lo anterior ha permitido que las CTA puedan superar las dificultades que tuvieron (...) y que desaparecieran muchas de las denominadas pseudocooperativas o falsas, porque no cumplían con esa normatividad y sí estaban perjudicando, no solo al trabajador en su derechos sino al buen nombre cooperativo”, destaca el Presidente Ejecutivo de Confecoop

42.000

puestos de trabajo generan las CTA que hay en el país, según Confecoop.

Te puede interesar

El empleo que busca está a un clic

Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida

Regístrate al newsletter

PROCESANDO TU SOLICITUD