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Estas son las inconsistencias que, según el Consejo de Estado, hubo en las licencias de los helipuertos de Guatapé

El tribunal ordenó el traslado o cierre de los helipuertos que actualmente funcionan en el hotel Los recuerdos y en la cima de la piedra del Peñol.

  • Turismo en el municipio de Guatapé. Fecha de evento: 11/01/2023. Foto: Manuel Saldarriaga Quintero
    Turismo en el municipio de Guatapé. Fecha de evento: 11/01/2023. Foto: Manuel Saldarriaga Quintero
hace 3 horas
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Esta semana, el Consejo de Estado ratificó un fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia que, en 2022, ordenó el cierre y traslado de los helipuertos del hotel Los recuerdos y de la piedra del Peñol —los dos helipuertos con fines turísticos más importantes del departamento— porque consideró que, debido a los altos niveles de ruido que generan, están violando los derechos al ambiente sano, a la paz, a la tranquilidad, a la intimidad, a la seguridad, a la vida digna y a la salud, de más de 1.000 vecinos del municipio de Guatapé.

El Consejo de Estado le dio la razón al Tribunal a pesar de las apelaciones de los privados, la alcaldía de Guatapé, la Aeronáutica Civil y la propia autoridad ambiental, Cornare.

Entérese: Consejo de Estado ratificó fallo que prohíbe helicópteros turísticos sobre Guatapé

Pero además de determinar que efectivamente los ciudadanos la estaban pasando mal por el ruido que generan los helicópteros sobrevolando sus viviendas u hoteles durante el día, el Tribunal y el Consejo de Estado dejaron en evidencia presuntas irregularidades en los procesos de licenciamiento, autorización y supervisión de los ahora cancelados helipuertos que, venían funcionando casi que ininterrumpidamente (salvo por la pandemia del Covid), desde el 2019.

Lo primero que hay que aclarar es que en Colombia, un helicóptero tiene permiso para aterrizar y despegar casi que en cualquier parte desde que sea seguro, pues es usado generalmente como un vehículo para atender emergencias. Sin embargo, esto aplica para cuando esos aterrizajes y despejes son esporádicos.

En el caso de Guatapé no es así, pues prestan servicio de “aerotaxi” de forma permanente desde estos puntos.

Además, los lugares donde están estos helipuertos están, según el plan de ordenamiento territorial del municipio de Guatapé, en un sector tipo b: que quiere decir, de ruido moderado, zonas residenciales o destinadas exclusivamente para el desarrollo habitacional u hospedajes.

El tribunal estudió el régimen de usos del suelo aplicable en la zona de los helipuertos y destacó que la operación de estos resulta incompatible y, por ende, prohibida. Además, una resolución del ministerio de Salud de 1983 no permite la construcción de viviendas en zonas próximas a helipuertos, pero como en este caso las viviendas ya estaban antes, “lo obvio es que no pudiera operar un helipuerto en esas zonas, porque sería ilógico que se tuvieran que desplazar las construcciones”.

Sin embargo, los operadores turísticos y aeronáuticos aseguran que siempre tuvieron toda la reglamentación al día y los permisos de la Aerocivil y del municipio (de acuerdo a un POT anterior) para operar sin problema. Además, aseguraron que aprobaban todos los controles y vigilancias por parte de las autoridades competentes. La Aerocivil, por su parte, defendió su gestión y aseguró que todas las condiciones de seguridad estaban dadas en virtud del Reglamento Aeronáutico Colombiano.

Siga leyendo: El turismo aéreo en Guatapé, Antioquia, que está catalogado como una de las mejores experiencias del mundo, según Tripadvisor

Pero, ¿hubo irregularidades en estas licencias? El Consejo de Estado determinó que solo había dos empresas con permiso de operación para prestar el servicio de transporte público en modalidad de taxi aéreo, que eran Hangar 29 S.A.S. y Helisur S.A.S. Permisos otorgados en 2016 y 2015, respectivamente.

En este punto hay que señalar, que para la obtención de estas autorizaciones, las empresas pusieron como sus bases de operaciones en aeropuerto Olaya Herrera de Medellín y el Benito Salas de Neiva, nada en Guatapé.

En julio del 2021 la Aerocivil hizo una visita de vigilancia y control a las dos empresas en los dos helipuertos de Guatapé y, según su informe, verificaron que las aeronaves tuvieran toda la documentación y los procedimientos al día, revisaron las rutas, los elementos de seguridad y “las empresas cumplieron en su totalidad”.

El testigo Francisco Ospina Ramírez, ingeniero mecánico, piloto comercial y secretario de seguridad operacional y de la aviación civil de la Aerocivil, indicó que las empresas cumplieron los requisitos establecidos en el RAC 3.

Sin embargo, la Sala del Consejo de Estado asegura que no encontró en el expediente el registro o reconocimiento de las sociedades autorizadas, por parte de la Aerocivil como “empresas de servicios aéreos comerciales de transporte público aéreo no regular, ni la delimitación del lugar de prestación del servicio, ni los estudios y análisis de mercado, así como tampoco las especificaciones técnicas y de mantenimiento del equipo de aeronaves para la prestación del servicio, con su respectivo certificado de aeronavegabilidad ni la información técnica sobre las bases e instalaciones donde se debió planificar la operación del servicio.

Además, la Sala cuestiona que, aunque los permisos se entregaron en 2015 y 2016, la Aerocivil solo fue a verificar en 2021, cinco años después. Además, señalan, en las inspecciones no se revisó el registro o reconocimiento de las sociedades autorizadas, por parte de la Aerocivil como “empresas de servicios aéreos comerciales de transporte público aéreo no regular”.

Se lee también en el fallo que durante el proceso tampoco se demostró la celebración de audiencias públicas para la socialización de los proyectos de servicio público de transporte aéreo, “ni que las sociedades en cuestión reunieran todos los requisitos habilitantes para el ejercicio de actividades aéreas civiles de índole comercial”.

No obstante, hay que señalar que tras las quejas de los vecinos y en común acuerdo con la Alcaldía, los operadores en los últimos años se habían autoimpuesto un horario restringido ente la 1:00 y las 5:00 p.m. para no interrumpir el sueño de los vecinos.

En cuanto al cumplimiento de las reglas sobre la construcción de helipuertos en Guatapé, la empresa Helitours solicitud la construcción de un helipuerto en el hotel Los recuerdos en junio del 2014 ante la Aerocivil. Todas las solicitudes para la construcción de esta infraestructura fue aprobada meses más tarde por la Aerocivil.

Sin embargo, la Sala determinó que la solicitud de la empresa para la licencia estuvo incompleta, pues no tenía un documento que justificara y demostrara la necesidad pública y económica del helipuerto, “especialmente considerando que el permiso de construcción se otorgó para una finalidad privada”.

Además, la Sala dice que no hay registro de algunos mapas y planos que eran requeridos, entre ellos, la identificación, localización y descripción de posibles obstáculos circundantes.

Asimismo, destaca la Sala, existen inconsistencias respecto de los predios, las coordenadas, las características y fundamentos técnicos del proyecto, las fechas y términos para “continuar el trámite” y los obstáculos circundantes. Incluso, señala, que la empresa operadora le aseguró a la Aerocivil que el helipuerto estaba operando desde 2013, seis años antes de tener la licencia.

Esto respecto al helipuerto de Los recuerdos, frente al de la Piedra, estudios demostraron desde el comienzo algunos riesgos operacionales debido a la presencia de líneas eléctricas, la dirección del viento y la cercanía con el otro helipuerto.

“Pese a estos riesgos y preocupaciones sobre la construcción de un helipuerto sin los permisos adecuados, la Aerocivil emitió un análisis provisional favorable en 2020”.

Según la justicia, este punto de aterrizaje en la cima de la piedra del Peñol no contó, durante años, con los permisos de construcción ni operación.

“Las sociedades apelantes no demostraron que contaran con permiso de operación de aerotaxi ni que el punto de aterrizaje La Piedra hubiese sido autorizado en su localización, construcción y operación por parte de la Aerocivil”, aseguró la Sala.

De hecho, en el 2024 el helipuerto de la Piedra estuvo cerrado 9 meses y medio, tiempo durante el cual, según los operadores, se dio todo el proceso de certificación por parte de la Aeronáutica Civil.

En ese proceso se hicieron estudios operacionales, rutas de despegue y aterrizaje, convenios de ayuda mutua con entes municipales y territoriales y fue así como solo hasta 2024 el helipuerto de La Piedra fuera debidamente certificado por la Aerocivil.

De allí el malestar de los privados, quienes aseguran que se tomaron argumentos de hace cuatro años y no los actuales.

“En estos cuatro años, se ha regulado la operación desde un estudio operacional debidamente aprobado por la Aerocivil, se establecieron rutas de despegue y aterrizaje, se hicieron restricciones de horarios, se trabajó conjuntamente con el Municipio, se ha posicionado el turismo y el destino de Guatapé desde esta experiencia, se han realizado acciones de mitigación de ruido”, señalaron los particulares.

Asimismo, manifiestan que están dispuestos a “establecer todas las acciones encaminadas a la mitigación del ruido”, pues son más de 300 personas las que estarían afectadas por el fallo judicial.

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