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Quienes fueron multados con comparendos por violar las normas de la cuarentena obligatoria durante la pandemia y no han pagado, tienen nueve días a partir de este lunes 21 para ponerse al día con un amplio descuento que les facilita la cancelación de la deuda.
La medida rige en Medellín y fue determinada por la alcaldía, que dio un plazo hasta el miércoles 30 de junio para ponerse al día en el pago de las infracciones del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana con una reducción del 60 % en las medidas aplicadas entre el 25 de marzo y el 31 de agosto de 2020, con un descuento adicional del 100 % en los intereses.
El subsecretario de Gobierno Local y Convivencia, Carlos Alberto Gutiérrez, dijo que el pago no solo beneficia a la ciudad, que podrá reinvertir los recursos en temas de seguridad y otros rubros, sino también a los infractores, que quedan a paz y salvo con el municipio en cuanto a estas sanciones.
“Estar a paz y salvo con el municipio de Medellín no solo es de retribución general para todos los ciudadanos, pues tenemos unos recursos que van a ser bien destinados en seguridad y otros rubros, pero, además, quienes paguen tendrán limpios sus registros de Medidas Correctivas y podrán aspirar a beneficios de la Administración, contratación y a ser parte de concursos públicos”, expresó y recordó que “solo por esta vez tendremos un descuento tan amplio”.
El procedimiento para acceder a este beneficio se hace solo a través de la página www.medellin.gov.co de la Alcaldía de Medellín, donde aparece el enlace para el trámite completo y los que responden cualquier inquietud de los usuarios.
Quienes no paguen esta obligación, advirtió, pueden verse inmersos en un proceso de cobro coactivo y la imposibilidad de adelantar contratación con el Estado debido a su reseña en el sistema de Medidas Correctivas.
Durante el aislamiento obligatorio, comprendido entre el 25 de marzo y el 31 de agosto de 2020, se impusieron aproximadamente 45.000 comparendos, que son precisamente a los que va dirigida esta medida por incumplimientos que se resumen en el artículo 35 numeral 2 de la Ley 1801 de 2016, que se refiere a incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de Policía, explicó la alcaldía.
Periodista egresado de UPB con especialización en literatura Universidad de Medellín. El paisaje alucinante, poesía. Premios de Periodismo Siemens y Colprensa, y Rey de España colectivos. Especialidad, crónicas.