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La Procuraduría General de la Nación confirmó en fallo de segunda instancia la decisión de suspender por el término de dos meses a Adalberto Baena Oyola, actual alcalde de Necoclí, y a Joaquín Emilio Neira Sánchez, en su condición de comisario de Familia de la misma municipalidad.
Estableció que a través de un decreto expedido el 19 de noviembre de 2013 el actual mandatario nombró y posesionó como comisario de Familia al abogado Neira Sánchez sin cumplir los requisitos establecidos. Señaló la Procuraduría que según la disposición legal para dicho cargo, además del título de abogado, se requiere que el nombrado acredite estudios de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales, siempre y cuando, en este último caso, el estudio de la familia sea un componente curricular de la especialización.
Agregó que las autoridades territoriales no pueden desconocer normas de carácter especial establecidas por el legislador para acomodar los requisitos de empleos en su respectivo municipio.
Esta investigación disciplinaria se inició tras la queja interpuesta por un concejal de Necoclí, en la cual se puso en conocimiento del Ministerio Público que el alcalde actual nombró y posesionó al señor Joaquín Emilio Neira Sánchez sin reunir los requisitos legales para desempeñarse como comisario de Familia.
Respecto al recurso de queja presentado por el defensor de oficio de Neira Sánchez, la Procuraduría Regional de Antioquia confirmó la negativa del fallador de primera instancia, la Procuraduría Provincial de Apartadó, quien lo rechazó por extemporáneo.