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Sobretasa a la gasolina será revisada gracias a tesis de investigadores paisas

17 de mayo de 2019
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Hay trabajos de grado que tienen gran trascendencia y aplicación práctica. Y este es e caso de los estudiantes David Jiménez Mejía y Víctor David Bernal Pavas de Economía de la Universidad de Antioquia.

“Encontraron que el cálculo de la sobretasa a los combustibles líquidos no solo es inexacto, sino que también viola el principio de legalidad tributaria”, narra el portal web de la U. de A., y con esto la Corte Constitucional les dio la razón declarando inconstitucional la manera cómo se está calculando la sobre tasa y por tanto ordenó la revisión del tema.

Lea aquí: Todo para entender el problema de la sobretasa a la gasolina y Acpm

También registra que más allá de si usted tiene automóvil o no, esta investigación tendrá impacto en su bolsillo. Esto porque los estudiantes encontraron que la sobretasa, -que corresponde a un porcentaje del precio de mercado-, “no se está cobrando sobre el precio de referencia del mercado, sino sobre un precio artificial y por encima”, según dijo Bernal a la Universidad de Antioquia. Y agregó que “este impuesto incide en el precio de los alimentos y del transporte público en el país”.

Jiménez y Bernal se preguntaron “cómo han funcionado las políticas de estabilización del precio de los combustibles líquidos, entre ellos de la gasolina y el ACPM”. Su rastreó comenzó en el 2009, “cuando se creó el Fondo de estabilización de los precios de los combustibles —FEPC—, y llegó hasta diciembre de 2016”, narra el comunicado.

Sin entender cómo funcionaban los precios de la gasolina, los estudiantes se dieron a la tarea de analizar la fórmula que usa el estado para establecerlo. Lo que encontraron los llevó a obtener una tesis laureada por los jurados que la analizaron y a imponer en septiembre de 2017 por la inconstitucionalidad del cálculo hecho por el Ministerio de Minas y Energía, “porque violaba el principio de legalidad tributaria, que implica que solo los organismos de representación popular pueden imponer tributos”. Fue Jiménez Mejía quien la presentó. Él además de economista es abogado de la Universidad Eafit según se registra en la base de datos de Colciencias.

En el comunicado de la U. de A., se cuenta que la Corte Constitucional dio un tiempo de dos años para que le corresponda al Congreso Nacional y no al Ministerio establecer los criterios del costo de la gasolina. También que la Sala Plena de la Corte Constitucional, mediante la sentencia C-030/19, declaró inconstitucional el artículo 121 de la Ley 488 de 1998, que definía que la base gravable: “está constituida por el valor de referencia de venta al público de la gasolina motor tanto extra como corriente y del ACPM, por galón, que certifique mensualmente el Ministerio de Minas y Energía”.

Recién graduados como economistas, Jiménez y Bernal manifestaron un sinsabor, ya que esperaban que al otro día del fallo los precios del combustible cayeran. Pero la Corte le dio dos periodos legislativos al Congreso para legislar al respecto. Mientras eso serán los contribuyentes los que paguen una sobretasa inconstitucional.

Fuente: con información de la Universidad de Antioquia.

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