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La Corte Constitucional anuló este miércoles la sentencia C-041 de 2017, que le daba dos años de plazo al Congreso para crear una ley que regulara las corridas de toros y otras actividades con animales, sin detrimento de incurrir en conductas de maltrato animal.
El alto tribunal determinó que la sentencia había violado la cosa juzgada, puesto que la permisión de las actividades culturales donde se involucran animales había sido decidida ya en el año 2010 en la sentencia C-666, restringiendo la permisión de dichas expresiones a los lugares donde son tradición.
Específicamente, la Corte verificó que en la sentencia anulada de 2017 se reabrió un debate ya zanjado en el 2010, en el cual quedó claro que la competencia para prohibir dichas expresiones culturales es exclusiva de la rama legislativa, pues es donde están representadas las distintas regiones del país.
Además, para la Corte no existe un mandato constitucional específico de prohibición, por lo que no había lugar al exhorto de dos años...