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Corte niega medida cautelar que pedía suspensión del impuesto solidario

  • La Corte Constitucional sesiona de manera virtual por la contingencia del COVID-19
    La Corte Constitucional sesiona de manera virtual por la contingencia del COVID-19
03 de junio de 2020
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La Corte Constitucional negó la medida cautelar que buscaba suspender el impuesto solidario que estableció el Gobierno en el marco de la pandemia por covid-19. Este decreto tiene la finalidad que los funcionarios que devenguen salarios superior a los 10 millones de pesos se les descuente el 15 % para apoyar la contingencia.

La determinación del alto tribunal obedece a que varios funcionarios públicos han enviado un sinnúmero de peticiones para que la corporación suspenda la aplicación del impuesto solidario, sin embargo, la determinación de la Sala, es que mientras no se debata de fondo tal decreto, este seguirá rigiendo tal como lo estipuló el Gobierno Nacional.

En el decreto 568 de 2020 está consignado que a los trabajadores del sector público que ganen más de 10 millones de pesos se les descontará el 15 % de su salario. El porcentaje sube a 16 si se gana entre 12,5 y 15 millones de pesos y a 15 si el salario va entre los 15 y los 20 millones de pesos.

En su momento, la Corte Constitucional consideró que debían hacerse a un lado para conocer del control automático que debe tener cada decreto en el alto tribunal, por lo que los magistrados se encuentran entre los funcionarios que devengan más de 20 millones de pesos.

Se espera entonces que el alto tribunal adelante el debate sobre dicho decreto y determine si definitivamente tumba el impuesto solidario, como lo han solicitado o si por el contrario se mantienen con lo establecido por el Gobierno.

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