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Rechazan demanda contra el comité promotor de la constituyente de Petro, ¿qué implica?

La iniciativa llegará al Congreso, que tendrá la última palabra sobre si se convoca o no a las urnas.

  • Instalaciones de la Registraduría Nacional del Estado Civil donde se llevó a cabo la inscripción del Comité Promotor de la Asamblea Constituyente. Foto: Colprensa
    Instalaciones de la Registraduría Nacional del Estado Civil donde se llevó a cabo la inscripción del Comité Promotor de la Asamblea Constituyente. Foto: Colprensa
hace 1 hora
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El Consejo de Estado cerró la puerta a una demanda que buscaba tumbar la inscripción del comité promotor de una iniciativa ciudadana para convocar una Asamblea Nacional Constituyente. La decisión no avala ni descarta el fondo de la propuesta, pero sí aclara los límites del control judicial en esta etapa temprana del proceso.

La Sección Quinta del alto tribunal decidió no admitir la acción de nulidad interpuesta contra la resolución con la que la Registraduría Nacional autorizó la inscripción del comité promotor. Según explicó la corporación, ese acto no es una decisión definitiva, sino un paso meramente procedimental dentro del mecanismo de participación ciudadana.

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En su análisis, el Consejo de Estado señaló que la Registraduría se limitó a verificar que el comité cumpliera los requisitos formales exigidos por la ley para este tipo de iniciativas, como la identificación de sus integrantes y la documentación básica. No hubo, subrayó el tribunal, un pronunciamiento sobre la legalidad, conveniencia o viabilidad de convocar una asamblea constituyente.

Por esa razón, el alto tribunal concluyó que la resolución demandada no pone fin a ninguna actuación administrativa ni define el contenido material de la propuesta, condiciones indispensables para que un acto pueda ser demandado ante la jurisdicción contencioso-administrativa. En otras palabras, no había aún una decisión “de fondo” que pudiera ser controvertida judicialmente.

La inscripción del comité promotor, entonces, no implica que la constituyente esté aprobada ni que vaya a convocarse. Se trata apenas del punto de partida de un trámite largo y exigente. Desde el pasado 30 de enero, cuando la Registraduría dio luz verde al comité, sus impulsores cuentan con seis meses para recolectar más de dos millones de firmas válidas.

Superada esa etapa, la autoridad electoral deberá revisar una por una las rúbricas y certificar si se alcanzó el umbral requerido. Solo en caso de que el proceso de firmas sea exitoso, la iniciativa llegará al Congreso, que tendrá la última palabra sobre si se convoca o no a las urnas para que los ciudadanos decidan sobre el cambio constitucional.

Así, la decisión del Consejo de Estado no despeja el debate político ni constitucional alrededor de la propuesta, pero sí deja claro que, por ahora, el proceso sigue su curso y que los eventuales cuestionamientos jurídicos deberán esperar a que exista una decisión definitiva y no solo un trámite preliminar.

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