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Empleado que sufre ansiedad y depresión podrá ir a trabajar con su mascota

El Consejo de Estado le dio la razón a un funcionario que reclamaba que la presencia de su perra en el lugar de trabajo era una “medida terapéutica” para tratar enfermedades que médicamente le diagnosticaron.

  • El servidor judicial deberá velar, entre otras, porque las condiciones de salud y sanitarias de su mascota no sean un riesgo para otras personas. FOTO: CARLOS VELÁSQUEZ
    El servidor judicial deberá velar, entre otras, porque las condiciones de salud y sanitarias de su mascota no sean un riesgo para otras personas. FOTO: CARLOS VELÁSQUEZ
29 de noviembre de 2022
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En respuesta a una acción de tutela, este martes el Consejo de Estado determinó que un empleado de un juzgado de Ibagué podrá ir a trabajar con su mascota. ¿La razón? Según el alto tribunal, la compañía de la perra golden retriever para el funcionario se configura como “una medida terapéutica para remediar los problemas de ansiedad y depresión severas” que médicamente le fueron diagnosticadas.

En su fallo, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo protegió los derechos fundamentales del servidor judicial, quien reclamó que la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de la capital del Tolima era renuente a acceder a su solicitud para laborar con la mascota.

El empleado insistía en que, por recomendación médica, debía permanecer con el animal para tratar dolencias como ansiedad severa o depresión, así como para prevenir episodios de estrés y otras circunstancias que alteran su estado emocional. Sin embargo, ante la negativa de la Seccional, interpuso una tutela alegando una violación a sus derechos fundamentales a la salud en condiciones de dignidad y trabajo.

En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Tolima negó la tutela y dijo que no se reunían los requisitos para que la compañía del perro se considerara como medida adecuada. Ante ello, el funcionario impugnó y el caso escaló al Consejo de Estado.

En contraste, para el alto tribunal “se probó la existencia de un diagnóstico médico que prueba el estrés y depresión severa que padece el actor y que su sicóloga ha considerado que el acompañamiento de su mascota es una terapia adecuada para tratar las afecciones emocionales que lo aquejan”.

El Consejo de Estado también destacó que no hay contraindicaciones médicas frente a la presencia del animal en el juzgado y que los compañeros de trabajo del demandante no se oponen.

No obstante, instó al funcionario a verificar, de manera periódica, que las condiciones de salud y sanitarias de su mascota no sean un riesgo para otras personas. “Además de verificar que cuente con las vacunas que necesita, que está libre de parásitos y que no genera probables consecuencias negativas en la salud de otras personas, debe hacerse responsable ante eventuales daños en la infraestructura, que puedan organizarse por las visitas habituales del animal a las instalaciones del juzgado”.

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