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La tutela presentada por el cineasta Ciro Guerra ante la Corte Constitucional contra las periodistas Catalina Ruiz-Navarro y Matilde de los Milagros, fue negada.
Esta fue presentada luego de que en junio de 2020 a través de una investigación publicada en el portal digital Volcánicas la denuncia de ocho mujeres por acoso y abuso sexual en su contra, informe que Guerra pretendía que fuera eliminado.
Se conoció que el tribunal explicó que las periodistas “no violaron los derechos del peticionario, sino que presentaron un reportaje de interés público y político, que refleja un discurso especialmente protegido y necesario para enfrentar la discriminación contra la mujer y la violencia basada en género”.
El fallo también señala que “estas mujeres llevaron a la sociedad los ecos de las voces de otras mujeres, inseguras ante una institucionalidad que aún se evidencia precaria para enfrentar el acoso y el abuso; y que, en muchas ocasiones, termina por generar daños adicionales a las víctimas”.
La magistrada Diana Fajardo Rivera presentó la ponencia ante la Corte Constitucional. Se argumentó que existía un conflicto ante la garantía de los derechos a la libertad de expresión y a la honra y al buen nombre que alegaba Guerra, le habían sido a él vulnerados.
Por tanto, la decisión señaló que dicha publicación solo tenía el objetivo de denunciar la violencia basada en género y respaldó la validez del escrache –como parte del acceso a la justicia de las mujeres–, y su relación con el periodismo con enfoque de genero y feminista.
En conclusión, no se vulneraron los derechos fundamentales de Ciro Guerra, pues las periodistas diferenciaron los relatos de las víctimas de su opinión, respetando en cada uno el contexto y los estándares exigidos constitucionalmente.
Periodista digital con interés en periodismo de datos, medio ambiente, genero y derechos humanos.